Programa de Aprendizaje Permanente.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S44337/11Norma:
EAC/27/11.Plazo de Solicitud:
Consultar según tipo de programa.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir, mediante el aprendizaje permanente, al desarrollo de la Comunidad como sociedad del conocimiento avanzada, con un crecimiento económico sostenible, más y mejores puestos de trabajo y una mayor cohesión social, garantizando al mismo tiempo una buena protección del medio ambiente en beneficio de las generaciones futuras.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/5eu.png)
Convoca:
Comisión Europea ( Unión Europea)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Alumnos, estudiantes, personas en formación y estudiantes adultos.b) Profesores, formadores y personal de otro tipo que participen en cualquier aspecto del aprendizaje permanente.
c) Personas presentes en el mercado de trabajo.
d) Centros u organizaciones que ofrezcan posibilidades de aprendizaje en el contexto del programa de aprendizaje permanente o en los límites de sus subprogramas.
e) Personas y organismos responsables de sistemas y políticas que traten cualquier aspecto del aprendizaje permanente a nivel local, regional y nacional.
f) Empresas, interlocutores sociales y sus organizaciones a todos los niveles, incluidas las organizaciones profesionales y las cámaras de comercio e industria.
g) Organismos que presten servicios de orientación, asesoramiento e información relacionados con cualquier aspecto del aprendizaje permanente.
h) Asociaciones activas en el ámbito del aprendizaje permanente, incluidas las de estudiantes, personas en formación, alumnos, profesores, padres y estudiantes adultos.
i) Centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos del aprendizaje permanente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Movilidad de las personas que participan en el aprendizaje permanente.b) Asociaciones bilaterales y multilaterales.
c) Proyectos multilaterales especialmente encaminados a fomentar la calidad de los sistemas de educación y formación mediante la transferencia transnacional de innovación.
d) Proyectos unilaterales y nacionales.
e) Proyectos y redes multilaterales.
f) Observación y análisis de políticas y sistemas en el ámbito del aprendizaje permanente, elaboración y mejora periódica de material de referencia, incluidos encuestas, estadísticas, análisis e indicadores, medidas para apoyar la transparencia y el reconocimiento de las cualificaciones y de los estudios previos y medidas para apoyar la cooperación en materia de garantía de la calidad.
g) Subvenciones de funcionamiento para sufragar determinados costes de funcionamiento y administrativos de las instituciones y asociaciones que actúan en el ámbito cubierto por el programa de aprendizaje permanente.
h) Otras iniciativas destinadas a fomentar los objetivos del programa de aprendizaje permanente («las medidas de acompañamiento»).
Documentos asociados
Boletín:
24/11/2006
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: DECISIÓN No 1720/2006/CE. Descargar Documento
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: DECISIÓN No 1720/2006/CE. Descargar Documento
Boletín:
09/08/2011
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento