Programa de Ayudas «Plan Renove en Polígonos Industriales – Urbanización» 2019.
Código de ayuda:
S30855/19Norma:
RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de octubre de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El presente Programa tiene por objeto apoyar la ejecución de proyectos y actuaciones de Reurbanización, Regeneración, Rehabilitación y Mejora de Polígonos Industriales, Parques Empresariales y Áreas destinadas a actividad económica. A tal efecto, se considerarán Polígonos Industriales, Parques Empresariales y Áreas destinadas a actividad económica, aquellos espacios recogidos en el planeamiento municipal, y calificados para el desempeño en los mismos de actividades económicas de perfil industrial, logístico, terciario, etc. No tendrán cabida en el presente programa, proyectos a ejecutar en Grandes Superficies Comerciales, Centros Comerciales, o parcelas en las que se desarrolle principalmente actividad comercial.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente Programa, quien ostente título jurídico para realizar los proyectos objeto de subvención, en concreto Ayuntamientos, Mancomunidades de Ayuntamientos, Cuadrilla y Juntas Administrativas, Concejos, Agencias de Desarrollo de Euskadi, Entidades Urbanísticas de Conservación, Comunidades y/o Asociaciones de empresas, así como empresas individuales y en colaboración, que lleven a cabo actuaciones de las previstas en las bases, en Polígonos Industriales, Parques Empresariales y Áreas de Actividad Económica.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables en Urbanización Pública, la Redacción de Proyectos y/o la Ejecución de Obras de Reurbanización, Regeneración, Rehabilitación y Mejora de parcelas destinadas a la urbanización, equipamientos, dotaciones y dominio público de Polígonos Industriales, Parques Empresariales y Áreas de Actividad Económica, que permita la renovación de los citados espacios para su mejor uso por parte de las empresas y ciudadanos usuarios de dichas Áreas. Asimismo podrá apoyarse la Redacción de Estudios de Diagnóstico en relación a los citados espacios, Planes de Movilidad, así como las actuaciones dirigidas a la mejora de su gestión integral, a través de la creación de Asociaciones de Empresarios.En lo relativo a Urbanización Privada, tendrán la consideración de actuaciones subvencionables, la redacción y/o la Ejecución de Proyectos de Reurbanización, Regeneración, Rehabilitación y Mejora de zonas no edificables que den servicio a la edificación.
Además de las actuaciones señaladas, específicamente y de forma adicional para la Línea 1, tendrán la consideración de actuaciones subvencionables la demolición de edificios de titularidad pública o privada, así como las labores de descontaminación en edificios o zonas de urbanización pública o privada en Polígonos Industriales, Parques Empresariales y Áreas de Actividad Económica.
La superficie global del citado Polígono, Parque o Área de Actividad Económica no podrá ser inferior a 25.000 mt2 y la urbanización deberá haber sido finalizada, con anterioridad al 31 de diciembre de 2012. En cuanto a las edificaciones señaladas respecto de la Línea 1, deberán contar con una superficie edificada mínima de 250 mt2.
Documentos asociados
Boletín:
15/05/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 90
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 90
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento