Programa de Promoción de Nuevas Unidades Empresariales (PRONUE).

Código de ayuda:

S15337/05

Norma:

DECRETO FORAL 23/2005 de 22 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar el tejido empresarial alavés a través de la creación y lanzamiento de nuevas unidades empresariales, la diversificación industrial de empresas ya existentes y la implantación de empresas en el Territorio Histórico de Álava.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Creación nuevas empresas
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Diputación Foral de Álava (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a los beneficios contenidos en el presente Programa:
a) Promotores individuales con un proyecto de creación de una nueva unidad empresarial de carácter innovador.
b) Empresas alavesas que deseen diversificar su actividad, presentando un proyecto concreto de creación de una nueva unidad empresarial de carácter innovador.
c) Empresas de carácter innovador que deseen implantar su actividad en el Territorio Histórico de Álava.
d) Empresas alavesas de carácter innovador, que estén ya constituidas y tengan una antigüedad máxima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud, y se encuentren aún en fase de lanzamiento de su actividad.

Los beneficiarios podrán presentar su solicitud tutelados por entidades públicas o privadas con una amplia tradición y experiencia en el campo del desarrollo de nuevos proyectos empresariales y apoyo a nuevos emprendedores.

Quedan excluidas de acceso a los beneficios las actividades pertenecientes al sector agropecuario, así como los proyectos con participación accionarial directa del sector público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables aquellos gastos coadyuvantes a la puesta en marcha de los proyectos, como por ejemplo, los gastos correspondientes a:
- Profundización y desarrollo del estudio de mercado y/o viabilidad (prospecciones de mercado, asistencia a ferias, viajes, documentación, publicaciones, etc.).
- Gastos de lanzamiento de la empresa.
- Gastos derivados del diseño y construcción de prototipos.
- Gastos de inversión en el caso de que la unidad empresarial esté constituida en el momento del abono de la subvención (con la excepción de inmuebles, terrenos y vehículos).
- Y, en general, aquellos gastos que puedan ser considerados como primordiales para la puesta en marcha de los nuevos proyectos.

No se considerarán subvencionables, entre otros, los siguientes gastos:
- Gastos de constitución de la empresa.
- Gastos de dietas y kilometraje, si no es para el análisis del proyecto de negocio.
- Coste de los técnicos de las plantillas de las entidades tutoras, en su caso.
- Gastos corrientes (alquileres, etc.).
- Gastos de decoración y reforma de oficinas y locales
- Gastos de personal de la propia empresa.
- El IVA.
- Las patentes, salvo que estén enmarcadas en un proyecto de viabilidad de empresa.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2005
BO Provincia de Álava- Nº 40
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento