Programa de Subvenciones de Fomento del Autoempleo para jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S01391/17

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2016. Resolución de 1 de febrero de 2017. Murcia, 6 de octubre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Consultar la fecha de alta.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el supuesto de hecho objeto de subvención, la realización de una actividad económica en la Región de Murcia por cuenta propia desarrollada a tiempo completo, que conlleve la obligación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), cuando concurran los requisitos para ser beneficiario establecidos más adelante, y además, en el caso de la subvención del subprograma 2, la acreditación del pago de las cuotas del RETA correspondientes.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones a conceder se determinará de la forma siguiente.

a) Subprograma 1:“Ayuda al establecimiento inicial del joven trabajador por cuenta propia”, como apoyo al inicio de la actividad, consistente en la concesión de una cantidad a tanto alzado, por las siguientes cuantías máximas:

- Con carácter general, hasta 2.500 euros.

- Si el beneficiario es mujer, hasta 3.000 euros

- Si el beneficiario es una persona con discapacidad, se encuentra en riesgo de exclusión social o es víctima de violencia de género o de terrorismo, hasta 3.500 euros.

b) Subprograma 2. “Cuota Cero - Ayuda al mantenimiento de la actividad, mediante la financiación de las cuotas abonadas a la seguridad social del Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos”: Mediante esta ayuda se prevé subvencionar las cuotas abonadas a la seguridad social de los jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. El periodo máximo a subvencionar será de dos años contados a partir de la fecha de efectos del alta en el RETA.

La subvención se calculará sobre la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, de la base mínima de cotización.

El importe máximo a obtener por un beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden será de 10.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones para el establecimiento de trabajadores autónomos reguladas en esta orden, las personas jóvenes inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subprograma 1: Ayuda al establecimiento del joven trabajador por cuenta propia.

b) Subprograma 2: Ayuda al mantenimiento de la actividad, mediante financiación del pago de cuotas a la seguridad social del Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (“Cuota Cero”).

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.

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