Programa de Turismo Social para el año 2006.
Código de ayuda:
S55064/05Norma:
Orden de 11 de noviembre de 2005 de la Consejería de Bienestar Social.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/01/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Plazas destinadas a Asociaciones, Centros de Día, Centros de Mayores e Instituciones, para participar en el programa Turismo Social, durante el año 2006, con el fin de enriquecer su tiempo libre y promocionar el envejecimiento activo y saludable, visitando lugares de interés turístico ubicados en el territorio nacional.Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/7.png)
Convoca:
Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se subvencionará:a/En la modalidad de Playas-Península: Manutención, estancia y actividades según programa en su totalidad, a excepción de la cantidad de 24 Euros/participante.
b/En la modalidad de Mallorca: Manutención estancia, actividades y traslados según programa en su totalidad, a excepción de la cantidad de 100 euros/participante.
c/En la modalidad Canarias/Tenerife: Manutención, estancia, actividades y traslados, según programa en su totalidad a excepción de 150 euros/persona.
La cantidad que debe aportar el participante será abonada por el responsable del grupo, en la forma que oportunamente se le indique, una vez concedido el viaje y en prueba de conformidad.
La contratación del medio de transporte será por cuenta de los participantes en el Programa.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Asociaciones, Centros de Día e Instituciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Realización de viajes.Requisitos:
A) Haber cumplido 65 años de edad o disfrutar algún tipo de pensión aunque no se alcance la edad expresada anteriormente.B) No padecer enfermedad infecto contagiosa alguna, ni trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos públicos en los que se desarrolle la actividad.
C) Estar empadronado en cualquier municipio de la región.
Podrán ser igualmente beneficiarios los conyugues o personas con análoga relación de convivencia de quienes reúnan los requisitos anteriores, siempre que cumplan además las condiciones b) y c).
Las Comunidades Originarias de Castilla-La Mancha podrán solicitar la inclusión en el Programa, siempre que los participantes reúnan las condiciones enumeradas anteriormente.
Documentos asociados
Boletín:
24/11/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 237
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 237
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento