Programa de apoyo al sector vitivinicola español.- Convocatoria 2012.- Modificación.
Código de ayuda:
S03128/12Norma:
ANUNCIO de 17 de enero de 2012. Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero. ANUNCIO de 1 de abril de 2013.Plazo de Solicitud:
Antes del día 1 de marzo de 2012.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Dar publicidad al Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, que establece las medidas de apoyo de promoción, en mercados de terceros países.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas vinícolas, las organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en el Capítulo VII del Título III del Reglamento (CE) n.º 479/2008, del Consejo, de 29 de abril, los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas vitivinícolas, las asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas por empresas delsector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos, y que tengan el domicilio fiscal de su empresa u organización en territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las medidas de promoción los productos de calidad destinados al consumo directo, que cuenten con posibilidades de exportación o de nuevas salidas comerciales en terceros países y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:a. Vinos con denominación de origen protegida.
b. Vinos con indicación geográfica protegida.
c. Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.
Requisitos:
Así mismo deberán demostrar suficiente capacidad para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y medios para asegurar que la medida se implementa lo más efectivamente posible, y deberán asimismo garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.Documentos asociados
Boletín:
28/02/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 51
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 51
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Boletín:
30/01/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 19
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 19
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Boletín:
17/04/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 73
Documento: Modificación Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 73
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