Programa de ayudas «Ekintzaile» 2021.

Código de ayuda:

S09619/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2021. RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2021. RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de diciembre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular el apoyo a nuevos proyectos empresariales innovadores y/o de base tecnológica, industriales y/o de servicios conexos, tutelados por un «Bussiness Innovation Center» (BIC) de los existentes en la CAE, en las fases de maduración de la idea y de puesta en marcha de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

SPRI. Agencia vasca de desarrollo empresarial (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Para el acompañamiento (Linea 1) se consideran hasta el 100 % de los gastos elegibles, con un importe máximo de hasta 30.000 euros.

2.– Para el acceso a la financiación (Linea 2), se considerarán subvencionables, una vez entre en vigor dicha Línea, los intereses devengados en el período comprendido entre la fecha de formalización del préstamo y la finalización del trimestre natural en curso, así como los intereses generados en cada trimestre a lo largo de los 8 trimestres naturales siguientes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– Entidades beneficiaras de la Ayuda de Acompañamiento (Linea 1).

Podrán ser beneficiarias de la Ayuda de Acompañamiento las personas físicas empadronadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi y las personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi, portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, industrial y/o de servicios conexos, y que se pretenda iniciar en la Comunidad
Autónoma de Euskadi.

2.– Entidades beneficiaras de la Ayuda destinada a facilitar el Acceso a la Financiación (Linea 2).

Podrán acceder a las ayudas destinadas a facilitar el acceso a la financiación, una vez publicada en el BOPV la entrada en vigor de la misma, únicamente las personas jurídicas que se comprometan a materializar su Plan de Empresa en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Linea 1: ayuda de acompañamiento, a la persona o equipo promotor o empresa, en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa, hasta la puesta en marcha. Esta ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.

Asimismo, el citado apoyo se completará, una vez entre en vigor la ampliación del mismo, a través del siguiente tipo de ayuda:

Linea 2: ayuda destinada a las nuevas empresas generadas por los proyectos de emprendimiento de la Linea 1 para facilitar su acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo el Plan de Empresa definido. Esta ayuda se materializará mediante la reducción del coste financiero para las operaciones de préstamo que se formalicen al amparo de esta norma y según el Convenio que a tal efecto se suscribe con Luzaro, Establecimiento Financiero de Crédito.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 64
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 18/05/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 96
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 30/12/2021
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 261
Documento: Modificación Bases Descargar Documento