Programa de ayudas destinadas a Oficinas Técnicas de Comercio ante el COVID-19.
Código de ayuda:
S40964/20Norma:
ORDEN de 14 de julio de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de septiembre del año en curso.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 38.500 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto del presente anexo es establecer las bases para la concesión de subvenciones en 2020 destinadas a permitir el funcionamiento de las Oficinas Técnicas de Comercio desde las que, de forma gratuita y dirigido a todo el sector de la distribución comercial y sus organizaciones, se dará un servicio de asistencia por personal cualificado ante el COVID-19.Categorías Subvención
- Comercio
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las ayudas podrá cubrir hasta un 86,7% de los costes de contratación a tiempo completo, durante un año de la persona responsable que cubra el servicio de la oficina. En cualquier caso, el importe máximo de subvención a percibir por cada oficina no sobrepasará la cuantía de 38.500,00 euros.El importe de la subvención que se concederá será el menor que resulte de aplicar el índice porcentual del 86,7% sobre los gastos subvencionables y la cuantía de 38.500,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Las asociaciones de comerciantes (compuestas por comerciantes de forma exclusiva o mixtas, es decir, que admitan la presencia de otro tipo de profesionales) o sus agrupaciones, con sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyo ámbito de actuación no exceda del correspondiente a la zona del Anexo II a la que concurran, así como los Ayuntamientos o entidades de desarrollo promovidas por estos. Todas estas entidades podrán acceder únicamente a las subvenciones para oficinas de ámbito zonal.b) Aquellas federaciones o agrupaciones con presencia mayoritaria de asociaciones de comerciantes y sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyo ámbito de actuación sea en un territorio histórico. Estas entidades podrán acceder únicamente a las subvenciones para oficinas que tengan un ámbito de actuación coincidente con el suyo y darán servicio a todas las asociaciones gremiales del mismo. También las Cámaras de Comercio de los tres territorios históricos podrán acceder a oficinas de ámbito gremial.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Para ser subvencionables, las oficinas estarán especializadas en distribución comercial, sus servicios serán gratuitos y entre sus objetivos estarán la sensibilización y difusión de procesos relacionados con la innovación, procesos de calidad y las nuevas tecnologías, impulso de procesos de cooperación horizontal (en entornos urbanos) y vertical (en la cadena de distribución), impulso de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, seguimiento e impulso de procesos de transmisión empresarial y aprendizaje, desarrollo de estrategias vinculadas con una economía sostenible con el patrimonio, la cultura y el medio ambiente, impulso de estrategias de terciario a nivel municipal y/o comarcal y desarrollo de acciones generadoras de valor añadido para el público consumidor, orientadas a su vez a alcanzar la fidelidad del público objetivo.Documentos asociados
Boletín:
03/08/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 151
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 151
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento