Programa de ayudas en materia de rehabilitación eficiente de viviendas y edificios (Programa Renove) para la elaboración de proyectos de intervención en el patrimonio edificado de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y la ejecución de las obras derivadas de los mismos.
Código de ayuda:
S39419/19Norma:
ORDEN de 12 de junio de 2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de agosto de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden convocar y regular para el ejercicio 2019 el Programa de ayudas en materia de rehabilitación eficiente de viviendas y edificios (Programa Renove) para la elaboración de proyectos de intervención en el patrimonio edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y la ejecución de las obras derivadas de los mismos.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Medio Ambiente y Energía
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Comunidades de bienes / propietarios
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarias de estas ayudas las Comunidades de personas propietarias que pertenezcan al ámbito de las propuestas de intervención planteadas y que realicen las actuaciones objeto de la subvención.Así mismo, podrán ser beneficiarias y beneficiarios de las ayudas los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores, Sociedades Públicas de Vivienda y Promotoras Públicas de Viviendas siempre y cuando sean propietarias o propietarios total o parcialmente de los edificios incluidos en el ámbito de las actuaciones y su objeto sea el del arrendamiento protegido.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán consideradas actuaciones subvencionables las siguientes actuaciones:1) Mejora de la eficiencia energética:
– Actuaciones pasivas: serán subvencionables las actuaciones pasivas integrales sobre la envolvente de los edificios que reduzcan al menos un 30% la demanda energética anual de calefacción respecto al edificio antes de la reforma. Las exigencias mínimas de eficiencia energética estarán justificadas en la memoria técnica de conformidad con el DB-HE del Código Técnico de Edificación.
– Actuaciones activas: serán subvencionables las actuaciones activas que, en su conjunto, consigan reducir el consumo anual de energía primaria no renovable del edificio, al menos en un 30% respecto al edificio antes de la reforma. Se incluyen:
– Instalaciones centralizadas con equipos de alta eficiencia energética.
– Instalaciones individualizadas de alta eficiencia energética. Queda excluida la sustitución o instalación (en el caso de su inexistencia) de calderas individuales en un porcentaje inferior al 80%
del total de viviendas del edificio objeto de calificación y cuya suma de potencias térmicas sea inferior a 100 Kw.
– Incorporación de colectores solares u otras fuentes de energía renovable.
Las exigencias mínimas de eficiencia energética que debe cumplir la instalación térmica vendrán justificadas en la memoria técnica de conformidad con el DB-HE del Código Técnico de Edificación y el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
– Monitorización energética.
2) Mejora de la accesibilidad:
– Instalación de ascensores por el exterior o por el interior en edificios que antes carecían de él
incluyendo, en su caso, la modificación de escaleras.
– Adaptación de ascensores en edificios que ya disponen de él.
– Actuaciones encaminadas a resolver la accesibilidad hasta cota cero y que no puedan incluirse en las dos anteriores.
– Actuaciones encaminadas a resolver la accesibilidad y garantizar un itinerario accesible desde la vía pública hasta el edificio que se acometan en zonas de urbanización privada inmediatas al portal (actuaciones en soportales o antejardines), siempre que no exista otro itinerario accesible alternativo.
3) Mejora de la Seguridad contra Incendios:
– Instalación de sistemas de detección y alarma.
– Instalación de sistemas para la evacuación: iluminación de emergencia.
– Instalación de sistemas de extinción: extintores y columna seca.
Documentos asociados
Boletín:
20/06/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento