Programa de fomento de la empleabilidad "Trabajoven" - Convocatoria 2011.- Modificación.
Código de ayuda:
S41928/10Norma:
Resolución de 21 de junio de 2010. Resolución de 16 de agosto de 2010. Resolución de 16 de marzo de 2011. Resolución de 30 de junio de 2011.Plazo de Solicitud:
Periodo 1: hasta el 10/05/2011. Periodo 2: hasta el 10/09/2011. Periodo 3: hasta el 10/12/2011.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover y potenciar la contratación en Canarias, a través de la formalización de contratos de trabajo en prácticas, de jóvenes desempleados, que acceden al mercado de trabajo tras finalizar sus estudios universitarios o de formación profesional específica.Categorías Subvención
- Empleo
- Juventud
Localización del organismo gestor
Canarias
Convoca:
Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos. (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En el supuesto de contratos en prácticas a jornada completa el importe de la subvención será de cuatrocientos (400,00) euros mensuales por contrato, y por un período máximo de veinticuatro (24) meses.En el supuesto de contratos en prácticas a jornada parcial se disminuirá el importe de la subvención
proporcionalmente a la duración de la jornada laboral, sin que ésta pueda ser inferior al 50 por ciento
de la habitual.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Cualquier persona física o jurídica, de capital íntegramente privado, asociación de empresas o confederación de empresas que formalicen contratos de trabajo en prácticas con jóvenes desempleadosque hayan finalizado sus estudios universitarios o de formación profesional específica; asimismo, podrán ser beneficiarios de esta subvención los trabajadores autónomos y las comunidades de bienes. A todos ellos se hace referencia en las presentes Bases cuando se usa el término genérico de “empresa”, salvo que expresamente se indique otra cosa.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los contratos laborales que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las basesreguladoras, se suscriban entre los meses de mayo de 2010 a noviembre de 2010, período que se corresponde con la “vigencia total” de la presente convocatoria, distribuyéndose, no obstante, en los tres períodos temporales siguientes:
Primer período: 1 de mayo a 30 de junio de 2010.
Segundo período: 1 de julio a 31 de septiembre de 2010.
Tercer período: 1 de octubre a 30 noviembre de 2010.
Los contratos suscritos deberán cumplir con las características siguientes:
1) Ser formalizados dentro de los márgenes temporales que establezca la respectiva convocatoria.
2) Ser contratos en prácticas, por un período no inferior a seis meses ni superior a veinticuatro.
3) Podrán ser a jornada completa o a tiempo parcial, si bien en este caso la jornada no podrá ser inferior
al 50 por ciento de la habitual.
4) Ser formalizados por escrito en el modelo oficial establecido al efecto, y ser registrados en las oficinas
de empleo del Servicio Canario de Empleo, pudiendo utilizarse para ello el aplicativo informático “Contrat@”.
5) Los contratos han de referirse a una actividad a realizar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
6) El salario a convenir será el estipulado para la modalidad de “contratos en prácticas”.
Requisitos:
Los desempleados contratados deberán reunir todos y cada uno de los requisitos siguientes:1) Tener menos de treinta años en el momento de la contratación y tener su residencia en Canarias.
2) Haber obtenido alguno de los siguientes títulos: diplomado universitario, ingeniero técnico, arquitecto
técnico, licenciado universitario, ingeniero, arquitecto y técnico o técnico superior de la formación profesional específica, así como los títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional.
3) No haber tenido experiencia laboral, entendiéndose que se da esa circunstancia cuando el trabajador no haya trabajado en puestos relacionados con su nivel de formación académica, o cuando lo haya hecho menos de ciento ochenta días a lo largo de los tres últimos años, ya sea por cuenta propia o ajena.
4) No haber sido contratado por la empresa beneficiaria durante los tres meses inmediatamente anteriores
a la contratación subvencionada, salvo que tal contratación se haya realizado en el marco del programa
“Dale una experiencia laboral” del Servicio Canario de Empleo.
5) Estar inscrito en las oficinas de empleo del Servicio Canario de Empleo con un período de inscripción
ininterrumpido de, al menos, un mes en el momento de la contratación. La acreditación de este extremo se realizará de oficio por el Servicio Canario de Empleo.
Documentos asociados
Boletín:
30/06/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 127
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 127
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
27/08/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 169
Documento: Modificación Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 169
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
01/04/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 67
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 67
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín:
19/07/2011
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 141
Documento: Modificación Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 141
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