Programa de incentivos a la creación de empleo e incremento de la estabilidad laboral, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S25646/16

Norma:

ORDEN de 10 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2016 de los programas de incentivos a la contratación por cuenta ajena que tienen por finalidad favorecer el empleo estable y facilitar la empleabilidad y ocupabilidad de las personas trabajadoras con mayores dificultades de inserción laboral, a través de los siguientes programas:

I. TR349A. Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial.

II. TR349C. Programa de incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos.

III. TR349J. Programa de incentivos a la contratación temporal.

IV. TR349D. Programa de incentivos a la contratación de personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de estas ayudas se destina un millón quinientos treinta y seis mil ochocientos dieciocho euros (1.536.818 €), de acuerdo con la siguiente distribución:

I. TR349A. Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial: 399.415 €.

II. TR349C. Programa de incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos: 513.273 €.

III. TR349J. Programa de incentivos a la contratación temporal: 399.415 €.

IV. TR349D. Programa de incentivos a la contratación de personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social: 224.715 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.

Documentos asociados

Boletín: 14/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Bases y Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Bases y Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 12/08/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 153
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento