Programa de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT), y se procede a su convocatoria para el año 2024.

Código de ayuda:

S05773/24

Norma:

ORDEN de 25 de marzo de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulsar la creación de nuevas iniciativas empresariales de base tecnológica en la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la convocatoria del Programa de incentivos a las empresas previamente calificadas e inscritas como iniciativas de empleo de base tecnológica.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la concesión de estas ayudas se destinan quinientos mil euros (500.000 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas, incluidas las personas autónomas, con domicilio social, fiscal y centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se constituyan e inicien su actividad en un plazo no superior a un año desde que el proyecto empresarial haya sido calificado como IEBT, siempre que la mayoría de la titularidad de la empresa corresponda a las personas físicas promotoras del proyecto empresarial calificado como IEBT y se cumplan los requisitos y condiciones establecidos en esta orden para cada modalidad de ayuda

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las empresas previamente calificadas como IEBT podrán solicitar las siguientes modalidades de ayudas, dentro del primer año de actividad:

a) Subvención a la creación directa de empleo estable.

b) Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad.

c) Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.

d) Apoyo a la función gerencial.

Documentos asociados

Boletín: 09/04/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/04/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 69
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento