Programa de subvenciones para la investigación del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S53537/06

Norma:

Orden de 18-12-2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/01/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer y regular la concesión de ayudas destinadas a fomentar la investigación del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha.

Serán objeto de subvención los proyectos de investigación que tengan como fin la obtención de conocimientos nuevos o complementarios de los existentes en materia relativa al Patrimonio Histórico regional y su acceso a los ciudadanos, considerándose subvencionables los gastos corrientes estrictamente necesarios para el desarrollo del proyecto.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Artesania (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas será establecido en función de las disponibilidades presupuestarias, el número de solicitudes presentadas, y los criterios de prioridad en la adjudicación indicados en la base quinta. La cuantía de la ayuda en ningún caso podrá ser superior a 18.030,36 euros por cada actividad objeto de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Investigadores, ya sean personas físicas y jurídicas o instituciones no universitarias, sin fines de lucro, los ayuntamientos y sus entidades vinculadas o dependientes, que realicen en el territorio regional actividades cuyo objeto sea el inventario, recuperación, investigación y divulgación del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha.

Requisitos:

En ningún caso podrá adquirir la condición de beneficiario quien se encuentre incurso en alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, en sus apartados segundo y tercero.

Documentos asociados

Boletín: 28/12/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 269
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento