Programa extraordinario de las personas trabajadoras autónomas y microempresas con actividades especialmente paralizadas por la crisis de la COVID-19, financiadas parcialmente con fondos REACT-UE en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de la COVID-19.- Convocatoria 2022.
Código de ayuda:
S27246/22Norma:
ORDEN de 27 de junio de 2022. ORDEN de 28 de abril de 2022. RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de junio de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de este programa es la concesión de una ayuda económica a las personas trabajadoras autónomas y microempresas, especialmente paralizadas, para hacer frente a la situación económica motivada por la pandemia de la COVID-19, que contribuya al mantenimiento de la actividad económica y del empleo.Categorías Subvención
- Artesanía
- Comercio
- Creación nuevas empresas
- Inversiones Materiales y Equipos
- Otras
- Textil - Confección
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Microempresas (menos de 10 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA como personas trabajadoras por cuenta propia, las comunidades de bienes o sociedades civiles, las microempresas y los mutualistas, siempre que estén de alta o en situación asimilada, que tengan su domicilio fiscal en Galicia, que tuviesen un alta anterior a 1 de enero de 2019 y que acrediten una bajada de la facturación de, por lo menos, el 65 % en los términos establecidos en el artículo 9.Se considerará microempresa a efectos de esta orden la que viene recogida en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, que define la micro-empresa como aquella empresa que ocupa a menos de diez trabajadores y con un balance general anual inferior a dos millones de euros.
También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas de temporada que estén de alta en el momento de la presentación de su solicitud y hayan estado de alta un mínimo de cuatro (4) meses y un máximo de nueve (9) meses en el año 2019.
Documentos asociados
Boletín:
03/05/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Completa) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
03/05/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 85
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
28/06/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 122
Documento: Ampliación Dotación Presupuestaria Descargar Documento
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Boletín:
23/08/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 159
Documento: Agotamiento del Crédito 2022 Descargar Documento
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