Programa para financiar estancias en residencias de tercera edad en el año 2015.
Código de ayuda:
S00064/15Norma:
ORDEN 36/2014, de 22 de diciembre. RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2015.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/02/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar ayudas para financiar las estancias en residencias de tercera edad adheridas al Programa Bono Residencia para el año 2015.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los precios de las estancias, y por tanto las cuantías que servirán de base para el cálculo de las ayudas para el ejercicio 2015, son los que se especifican a continuación:Válidos y semi-asistidos: 1.184 euros /mes (impuestos incluidos).
Asistidos: 1.438 euros /mes (impuestos incluidos).
Supra-asistidos: 1.600 euros /mes (impuestos incluidos).
En los precios anteriores se incluye la atención integral de los beneficiarios con todos los servicios básicos de una residencia para personas mayores dependientes, tal y como se contemplan en el artículo 46 de la Orden de 4 de febrero de 2005, de la Consellería de Bienestar Social, por la que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de los centros de servicios sociales especializados para la atención de personas mayores, sin que las residencias puedan cobrar a los mismos, cantidades adicionales por la prestación de dichos servicios básicos.
Una vez determinado el tipo de usuario, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la presente orden, y el precio de la plaza que vaya a ocupar, el importe a conceder por la Generalitat vendrá determinado por:
Importe de la ayuda = coste de la plaza – aportación del beneficiario.
Dicho importe será satisfecho directamente a cualquiera de las residencias integradas en el programa Bono Residencia.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que hayan sido beneficiarias de ayuda en convocatorias anteriores y permanezcan ingresadas en centros residenciales adheridos al programa.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las estancias en residencias de tercera edad adheridas al Programa Bono Residencia para el año 2015.Requisitos:
Los beneficiarios acreditarán no disponer de medios suficientes para hacer frente al coste de la plaza residencial.Es requisito imprescindible ser beneficiario de estas ayudas durante el año 2013 o 2014 en residencias adheridas al Programa Bono Residencia.
Dichos beneficiarios podrán solicitar la ratificación de su ayuda para el ejercicio 2015, siempre y cuando acrediten el mantenimiento de las condiciones que dieron lugar a la concesión de la ayuda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la presente orden, presentando la
documentación a que se refiere el artículo 6 de la misma.
Documentos asociados
Boletín:
02/01/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7435
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7435
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
14/07/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7570
Documento: Crédito Disponible Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7570
Documento: Crédito Disponible Descargar Documento