Programas de información y orientación profesional.

Código de ayuda:

S14164/06

Norma:

Orden TRI/213/2006, de 13 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en su correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las actuaciones de información y de orientación profesional y aprobar las bases reguladoras de las subvenciones, ayudas o contrataciones destinadas a impulsar su despliegue.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes de las ayudas para la realización de las actuaciones reguladas en el artículo 2.1.a) las entidades públicas o privadas con personalidad jurídica propia y sin afán de lucro.

Podrán ser solicitantes de las ayudas para la realización de las actuaciones reguladas en el artículo 2.1.b) las personas físicas o entidades públicas o privadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones objeto de subvención incluyen:
a) Aquellas que mediante la información, orientación u otros procedimientos faciliten la mejora de la posición en el mercado de trabajo de los demandantes de empleo y/o aquellas que mediante información, motivación, asesoramiento u otros procedimientos que faciliten la detección y dinamización de iniciativas de auto-ocupación en demandantes de empleo, mediante herramientas asociadas de diagnóstico, derivaciones, tutorías y otras similares (Itinerarios Personales de Inserción).

b) Actuaciones que capaciten a los ciudadanos a determinar sus capacidades e intereses, a adoptar decisiones formativas y de empleo, y a gestionar su aprendizaje y su trayectoria individual, el trabajo y otras cuestiones en las cuales se adquieren o se utilizan competencias, mediante cualquier acción y/o herramienta que permita lograr este objetivo.

El Servicio de Ocupación de Cataluña dará prioridad a los proyectos presentados para atender a colectivos de demandantes con especiales dificultados de inserción, fundamentalmente desocupados de prevención y activación priorizados en el Plan Nacional de Acción para el Empleo, mujeres desempleadas, discapacitados,
demandantes mayores de 40 años, demandantes de primer empleo, jóvenes en riesgo de exclusión social, inmigrantes regularizados y personas que hayan sufrido violencia de género.

Serán subvencionables para cada actuación de las reguladas en la presente Orden los costes de personal, incluyendo los originados por las cuotas a cargo de la empresa a la Seguridad Social por todos los conceptos, y los gastos generales, materiales y técnicos.

Documentos asociados

Boletín: 05/05/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4627
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento