Regulación en Castilla-La Mancha del Plan Estatal de Vivienda 2005-2008 y se desarrolla el IV Plan Regional de Vivienda y Suelo de CastillaLa Mancha horizonte 2010.

Código de ayuda:

S11364/06

Norma:

Decreto 38/2006, de 11-04-2006.

Plazo de Solicitud:

Sin especificar (Vigencia del Plan, hasta 2008 incluído).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Este Decreto tiene por objeto la regulación de las ayudas públicas y otras medidas de fomento y adaptación normativa y de gestión en materia de vivienda dentro del ámbito del Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda y del IV Plan Regional de Vivienda y Suelo de Castilla-La Mancha, Horizonte 2010.

Dichas ayudas podrán concederse a las actuaciones que se inicien a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, y hasta el 31 de diciembre de 2008, salvo lo establecido en las disposiciones transitorias.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Vivienda y Urbanismo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las familias y personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos previstos en este Decreto relativos a los niveles de ingresos familiares y a otras circunstancias personales exigibles en general y para cada tipo de actuación protegida.

Se consideran beneficiarios con derecho a protección preferente, definidos por la legislación específica que, en su caso, les resulte de aplicación, los siguientes:
a) Compradores que acceden por primera vez a la vivienda en propiedad.
b) Jóvenes en los términos establecidos en el artículo 3.20.
c) Personas mayores de 65 años y sus unidades familiares.
d) Las mujeres víctimas de malos tratos de conformidad con lo establecido para Castilla-La Mancha en el artículo 13.1 de la Ley 5/2001 de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas.
e) Víctimas del terrorismo
f) Familias numerosas.
g) Familias monoparentales.
h) Personas con discapacidad y sus unidades familiares.
i) Otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
j) Las personas que en aplicación de lo establecido en la Disposición Adicional 4° de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos se vean privadas del derecho a la subrogación mortis causa, que les reconocía el texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos aprobado por Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las Ayudas financieras podrán adoptar las modalidades siguientes:
a) Préstamos convenidos: son aquellos concedidos por las entidades de crédito públicas y privadas, en el ámbito de los convenios de colaboración suscritos entre el Ministerio de Vivienda y dichas entidades, con las características establecidas en el artículo 9 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio.
b) Ayudas económicas directas, en forma de:
- Subsidiaciones de los préstamos convenidos.
- Subvenciones. En la forma establecida en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, y en el presente Decreto.
- Otras ayudas económicas directas como:
Ayuda estatal directa a la entrada, regulada en el artículo 24 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio.
Ayudas adicionales para colectivos específicos.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 79
Documento: IV Plan Regional de Vivienda y Suelo Descargar Documento
Boletín: 14/04/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 79
Documento: Anexos Descargar Documento