Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2025, de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Illes Balears.

Código de ayuda:

S02019/25

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2025, de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, de acuerdo con lo establecido en la Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027, publicada en el BOIB núm. 43, de 6 de abril de 2023.

2. Las ayudas objeto de esta convocatoria tienen como finalidad indemnizar a los agricultores por la totalidad o una parte de los costes adicionales y las pérdidas de ingresos derivadas de las dificultades que plantea la producción agrícola en zonas con limitaciones específicas, evitar riesgos naturales y sociales derivados de su falta de uso y conservar el paisaje tradicional balear como parte de su riqueza social y natural, de acuerdo con lo establecido en el Plan estratégico de la PAC 2023-2027 de España (PEPAC) y en el artículo 71 del Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de diciembre de 2021.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fogaiba (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para la presente convocatoria se destina un importe máximo de seis millones trescientos mil euros (6.300.000,00 €) con cargo a los presupuestos del FOGAIBA del año 2025, cuantía que podrá incrementarse con créditos que se puedan destinar a tal finalidad.

2. Dichas subvenciones se cofinanciarán en un 100,00% a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con fondos provenientes del impuesto de turismo sostenible de las Illes Balears

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las personas físicas o jurídicas, o agrupación de personas físicas o jurídicas.

Requisitos:

a. Tengan la condición de agricultor activo, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo I del título II del Real decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan estratégico de la PAC, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión
y control.

b. Tengan la consideración de agricultor no pluriactivo. A tal efecto:

- Se considerará agricultor no pluriactivo al agricultor que tenga como actividad principal la agricultura.

- Se considerará que un agricultor tiene como actividad principal la agricultura cuando el 50,00% de sus ingresos provengan de la actividad agraria.

- Se entiende por actividad agraria la producción, la cría o el cultivo de productos agrarios, incluyendo la cosecha, el ordeño, la cría de animales y el mantenimiento de animales a efectos agrícolas, así como el mantenimiento de una superficie agraria en estado adecuado para el pasto o el cultivo sin ninguna acción preparatoria que vaya más allá de los métodos y la maquinaria agrícolas habituales.

- Se entienden por ingresos agrarios los definidos en el artículo 5.5 del Real decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.

c. Sean titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro autonómico de explotaciones agrícolas.

d. Tengan derecho a una ayuda prevista en la presente convocatoria por un importe igual o superior a 300,00 €

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2023
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/01/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 14
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento