Subvención a centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias participantes en el Programa de deporte en edad escolar, curso 2020‑2021.
Código de ayuda:
S46664/20Norma:
ORDEN FORAL 46E/2020, de 5 de agosto.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de octubre de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las presentes Bases Reguladoras tienen por objeto establecer el procedimiento de concesión de subvenciones a centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias participantes en el Programa de deporte en edad escolar durante el curso escolar 2020-2021.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Consejera de Cultura y Deporte (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria, los centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias ubicados en la Comunidad Foral de Navarra que cuenten con un Proyecto deportivo de centro y en cuyo contenido se incluya el Programa de deporte en edad escolar, objeto de la convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Material deportivo de carácter fungible necesario para el desarrollo de las actividades y teniendo en cuenta que:–Los centros de educación especial y los centros que participan por primera vez en esta convocatoria podrán destinar para la compra de material deportivo fungible un 100 % de la cantidad total concedida.
–El resto de centros solamente podrá destinar para la compra de material deportivo fungible, un máximo del 30 % de la cantidad total concedida.
b) Gastos de monitores/as que imparten las actividades físico‑deportivas, incluidas en el Programa.
Será requisito imprescindible para la subvención de estos gastos, que se presente la titulación, formación y experiencia del/ la monitor/a correspondiente a la actividad que imparte.
c) Gastos de formación: Se refieren a los gastos de personal que imparte las actividades complementarias o de formación, incluidas en el Programa.
Será requisito imprescindible para la subvención de estos gastos, que se presente la titulación y experiencia del personal correspondiente a la actividad que imparte.
d) Desplazamientos realizados en las actividades incluidas en el Programa presentado en la documentación inicial.
Documentos asociados
Boletín:
03/09/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 198
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 198
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento