Subvención a entidades juveniles de Navarra para el desarrollo de programas en el ámbito de la juventud y adquisición de equipamiento 2024-2025.

Código de ayuda:

S25300/24

Norma:

RESOLUCION 134E/2024, de 14 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de diciembre de 2024.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a las entidades juveniles de Navarra para el desarrollo de programas en el ámbito de la juventud y la adquisición de equipamiento durante el periodo del 1 de octubre de 2024 al 15 de septiembre de 2025.

Estas subvenciones se conceden con la finalidad de fomentar el asociacionismo juvenil como vía para la participación social de la juventud y para el desarrollo de sus propios proyectos de intervención en la mejora de su calidad de vida.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Instituto Navarro de la Juventud (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje de la subvención para las entidades será del 66,66% del presupuesto presentado y admitido, con el límite máximo de 10.000 € de subvención por cada proyecto.

El porcentaje de la subvención para la adquisición de equipamiento no superará ni el 75% del presupuesto presentado y admitido, ni el límite máximo de 1.500 € de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

-Las entidades inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de Navarra, regulado por Orden Foral 73/2002, de 18 de septiembre, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

-Las entidades juveniles de Navarra que desarrollen programas en el ámbito de la juventud y que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente, en el momento de presentación de la solicitud, siempre y cuando dicha inscripción fuera exigible conforme a la normativa vigente.

-Carezcan de fines de lucro (quedan expresamente excluidas las entidades con ánimo de lucro) o no dependan económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas.

-Tengan como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a la juventud.

- Tengan el domicilio social o sede y el domicilio fiscal en la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Gastos en concepto de transportes, entendiéndose por tales los ocasionados por la
utilización de transportes colectivos públicos o privados.

- Gastos de manutención y alojamiento en actividades de movilidad. Se considerarán actividades de movilidad las que requieran, al menos, una noche de pernoctación fuera de la localidad de la sede.

- Gastos de material fungible necesarios para la realización del proyecto subvencionable.

- Gastos de publicidad y difusión del proyecto.

- El pago de los seguros necesarios para la realización de las actividades dentro de la sede y fuera de la sede (Responsabilidad Civil y Accidentes).

- El pago de servicios profesionales en aquellos proyectos que por su naturaleza requieran la contratación de personal técnico-profesional experto en la materia que contiene el proyecto a realizar.

- Pequeñas reparaciones: mantenimiento y conservación del material de acampadas y travesías.

- Otros gastos diversos que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2024
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 236
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2024. Descargar Documento