Subvención a los propietarios de viviendas que cedan las mismas a Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (NASUVINSA) para el programa de vivienda “Bolsa de alquiler”.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S18846/17Norma:
ORDEN FORAL 160/2017, de 6 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de diciembre de 2017, incluido.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de subvención equivalente a tres mensualidades de renta a los propietarios de viviendas que cedan las mismas a Navarra de Suelo y Vivienda S.A., para el programa de vivienda Bolsa de Alquiler, siempre que la vivienda sea efectivamente arrendada.Categorías Subvención
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Comunidades de bienes / propietarios
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Propietarios de viviendas que cedan las mismas a Navarra de Suelo y Vivienda S.A., para el programa de vivienda Bolsa de Alquiler, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras de la subvención.Requisitos:
a) Ser personas físicas, mayores de edad, con capacidad legal para obligarse.b) Haber firmado el correspondiente contrato de cesión de la vivienda
de su propiedad con NASUVINSA para su adscripción a la Bolsa de alquiler con posterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de esta convocatoria (sea de forma íntegra o extractada). Para acreditarlo, se deberá aportar en la solicitud copia de dicho contrato.
c) Presentar la solicitud dentro del plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la firma del contrato de cesión de la vivienda con NASUVINSA.
d) Ser titulares de una vivienda sin límite de precio de venta y renta. En el caso de viviendas protegidas con límite de precio de venta y renta deberán haber transcurrido cinco años desde la fecha de calificación definitiva con anterioridad a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Navarra, sea de forma íntegra o extractada, de las presentes Bases.
e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus organismos autónomos.
f) Cumplir los demás requisitos del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
02/05/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 83
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 83
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
02/05/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 83
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 83
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento