Subvención a organizaciones empresariales y sindicales para la ejecución de proyectos colaborativos sobre riesgos laborales, a través de la figura del Delegado Territorial de Prevención, de 2025.
Código de ayuda:
S01282/25Norma:
ORDEN FORAL 1141E/2024, de 12 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de febrero de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas de esta convocatoria tienen por finalidad fomentar el desarrollo de la cultura de la prevención de riesgos laborales en las empresas a través de actuaciones realizadas por la figura del Delegado Territorial de Prevención, con el fin de reducir los niveles de siniestralidad laboral en Navarra.Dado que la siniestralidad es mayor en pequeñas empresas, las actuaciones serán prioritariamente realizadas en empresas de menos de 50 personas trabajadoras.
Categorías Subvención
- Empleo
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Prevención Riesgos Laborales
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Consejería de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
a) Las organizaciones sindicales que estén inscritas en el Registro de Elecciones sindicales de Navarra y que, a fecha de la convocatoria, ostenten en su conjunto un diez por ciento o más de representación en empresas y Administraciones Públicas en Navarra.b) Las organizaciones empresariales más representativas de la Comunidad Foral de Navarra de ámbito intersectorial, según lo regulado en la disposición adicional sexta del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los gastos del personal técnico directamente dedicado a la ejecución del proyecto, durante el periodo en que se dedique al mismo. El máximo subvencionable por este concepto será de 50.000 euros de coste salarial por persona contratada todo el año a jornada completa, reduciéndose en proporción si no lo fuera todo el año o a jornada completa.b) Los gastos de personal de apoyo contratado por la entidad, en sus funciones de apoyo al proyecto, durante el periodo en que se dedique al mismo.
c) Los gastos de desplazamiento del citado personal para la realización de las actuaciones del proyecto, que se abonen a través de la nómina correspondiente.
d) Los gastos de contratación a empresas o personas consultoras externas en el ámbito del proyecto presentado, hasta el 70% del gasto del proyecto, teniendo en cuenta las limitaciones señaladas en el artículo 26 de la Ley Foral 11/2005, de 11 de noviembre, de Subvenciones.
e) Gastos de creación, edición y difusión de contenidos relacionados con las actuaciones del Delegado Territorial de Prevención, a través de materiales y medios de comunicación, así como los gastos específicos para la organización y celebración de jornadas, talleres y/o reuniones dirigidas a comunicar y difundir la figura del DTP entre empresas y asociaciones empresariales.
Requisitos:
a) Las entidades que formen parte de las agrupaciones no deben estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.b) Asimismo, no deben estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
Documentos asociados
Boletín:
21/01/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento