Subvención en 2023 de acciones formativas dirigidas a personas desempleadas.
Código de ayuda:
S05500/23Norma:
RESOLUCIÓN 25027E/2022, de 14 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de febrero de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones para la ejecución en 2023 de acciones formativas dirigidas a personas desempleadas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.Categorías Subvención
- Empleo
- Formación
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las entidades de formación públicas o privadas, incluidos los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad privada, inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación para impartir las especialidades formativas objeto de la subvención, debiendo disponer en la Comunidad Foral de Navarra, con anterioridad a la realización de las actividades de divulgación de la actividad subvencionada, de instalaciones debidamente inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.Aquellas entidades que, pese a tener locales o instalaciones inscritas en Navarra, pretendan impartir la formación en otras diferentes deberán indicar, con anterioridad a la realización de las actividades de divulgación, las instalaciones o locales que utilizarán para la impartición y aportar el correspondiente
acuerdo o contrato de disponibilidad. En todo caso, dichos locales o instalaciones deberán estar inscritos para las especialidades formativas solicitadas en los mismos plazos que las entidades solicitantes.
No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
24/01/2023
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 16
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2023 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 16
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2023 Descargar Documento