Subvención para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000).
Código de ayuda:
S60046/21Norma:
Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto. RESOLUCIÓN 2723/2021, de 3 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de diciembre de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas destinadas a actuaciones de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) ubicados en el territorio de Navarra.Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Dirección General de Vivienda (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Comunidades de bienes / propietarios
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Serán destinatarios últimos de las ayudas, siempre que tengan residencia fiscal en España y las viviendas se encuentren situadas en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, las personas físicaspropietarias de edificios de vivienda unifamiliar, y las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios de tipología residencial colectiva de vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad
Horizontal.
Cuando los destinatarios últimos de las ayudas sean personas físicas, deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de extranjeros no comunitarios, deberán tener residencia legal en España.
En el caso de agrupaciones de comunidades de propietarios, deberán constituirse en agrupación legalmente constituida y con estatutos vigentes, de acuerdo a cualquiera de las formas que admita la legislación en vigor, debiendo constar expresamente en la solicitud la composición y porcentajes de participación de cada uno de los miembros. La responsabilidad de la ejecución total del proyecto y de la inversión, recae sobre el conjunto de la agrupación, que debe designar y facultar a un representante para tramitar la solicitud de ayuda, realizar la justificación de la inversión, recibir la ayuda que se pudiera otorgar, y proceder al reparto a cada uno de los miembros.
En todo caso, deberá de cumplirse con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.
Documentos asociados
Boletín:
04/08/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 185
Documento: Real Decreto 691/2021 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 185
Documento: Real Decreto 691/2021 Descargar Documento
Boletín:
18/11/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 263
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 263
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
22/11/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 265
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 265
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