Subvención para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000).

Código de ayuda:

S60046/21

Norma:

Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto. RESOLUCIÓN 2723/2021, de 3 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas destinadas a actuaciones de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) ubicados en el territorio de Navarra.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Vivienda (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán destinatarios últimos de las ayudas, siempre que tengan residencia fiscal en España y las viviendas se encuentren situadas en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, las personas físicas
propietarias de edificios de vivienda unifamiliar, y las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios de tipología residencial colectiva de vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad
Horizontal.

Cuando los destinatarios últimos de las ayudas sean personas físicas, deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de extranjeros no comunitarios, deberán tener residencia legal en España.

En el caso de agrupaciones de comunidades de propietarios, deberán constituirse en agrupación legalmente constituida y con estatutos vigentes, de acuerdo a cualquiera de las formas que admita la legislación en vigor, debiendo constar expresamente en la solicitud la composición y porcentajes de participación de cada uno de los miembros. La responsabilidad de la ejecución total del proyecto y de la inversión, recae sobre el conjunto de la agrupación, que debe designar y facultar a un representante para tramitar la solicitud de ayuda, realizar la justificación de la inversión, recibir la ayuda que se pudiera otorgar, y proceder al reparto a cada uno de los miembros.

En todo caso, deberá de cumplirse con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.

Documentos asociados

Boletín: 04/08/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 185
Documento: Real Decreto 691/2021 Descargar Documento
Boletín: 18/11/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 263
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/11/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 265
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento