Subvencion para alquiler.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S07128/12Norma:
Murcia, 28 de febrero de 2012. Murcia, 6 de febrero de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/05/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública de subvenciones destinadas al arrendamiento protegido de viviendas para domicilio habitual en el término municipal de Murcia, durante el ejercicio económico 2012.Categorías Subvención
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Ayuntamiento de Murcia (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El cálculo de la subvención de obtendrá aplicando los siguientes criterios:1. Como cuantía mínima se percibirá la cantidad anual de 900 € o, en su caso, aquella que proporcionalmente corresponda al tiempo de arrendamiento transcurrido, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en las presentes bases.
2. La cuantía máxima anual de la subvención ascenderá a la cantidad de 2.500 €.
3. El límite máximo a subvencionar el 75% del importe de la renta de alquiler.
4. Considerando los criterios anteriores, el importe de la subvención se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: S= 900 + 3.200 (R/I-0,25).
Siendo:
S= Subvención anual.
R= Renta anual del arrendamiento.
I = Ingresos familiares ponderados.
5. Al importe obtenido, según los apartados anteriores, se añadirá la cantidad adicional de 500€ anuales, dentro de la misma subvención, a quién acredite ser víctima de violencia de género o familia monoparental o monomarental con ingresos ponderados no superiores a una vez el IPREM. En ningún caso se podrá
superar el límite máximo de 2.500 € señalado en el apartado 2 ni el 75% de la renta de alquiler.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los arrendatarios de viviendas, que tengan suscrito contrato de arrendamiento con fecha anterior a la solicitud de subvención y vayan dirigidos a unidades familiares incluidas en el Registro de Demandantes de Vivienda del Ayuntamiento de Murcia, siempre que la vivienda arrendada constituya su residencia habitual y permanente, así como que tenga una superficie útil máxima de 90 m² útiles, excepto cuando se trate de familias numerosas o de personas con movilidad reducida de forma permanente, o en otro caso según lo dispuesto en el punto noveno de estas bases y cumplan los requisitos establecidos en las disposiciones que les son aplicables.Podrán solicitar igualmente subvención las personas jurídicas sin animo de lucro que entre cuyos fines sociales se encuentre el arrendamiento de viviendas destinado a unidades familiares y grupos de convivencia que por sus circunstancias sociales no puedan acceder a la subvención como personas físicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El acceso de los ciudadanos a una vivienda digna en régimen de arrendamiento protegido destinado a domicilio habitual o, en su caso, facilitar la permanencia en el mismo, a aquellos sectores mas desfavorecidos de la población con un nivel de renta que les imposibilita acceder a la propiedad y, comocomplemento a las ayudas recogidas en los Planes de Vivienda Estatal y Regional.
Requisitos:
Requisitos de las personas físicas:Los arrendatarios descritos en la base segunda que deseen acogerse al régimen de subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Pertenecer al Registro de Demandantes de Vivienda del Ayuntamiento de Murcia, o lista actual equivalente y por tanto haber acreditado la necesidad de vivienda municipal dentro del ámbito de actuación del Ayuntamiento de Murcia, así como encontrarse empadronados en el municipio de forma
continuada en los últimos 3 años. Aquellos solicitantes cuya inscripción en el Registro de Demandantes tenga una antigüedad superior a dos años, deberán con carácter previo a la tramitación de su solicitud, renovar dicha inscripción, siendo desestimada su solicitud en caso contrario. Dicha renovación se tramitará
simultáneamente a la solicitud de subvención.
b) Tener capacidad de obrar ante la Administración Pública y no compartir la vivienda objeto de subvención con otra unidad familiar distinta de aquella que figura inscrita en el Registro de Demandantes de Vivienda.
c) Tener ingresos que estén comprendidos entre 0,5 y 2,5 veces el IPREM, indicador público de renta de efectos múltiples ponderado del año en que se presente la solicitud.
d) No tener relación de parentesco con el propietario de la vivienda hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
e) Todos los miembros de la unidad de convivencia que optan a la subvención deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con las Administraciones Estatal, Autonómica y Municipal.
f) No estar la vivienda seleccionada dentro de los Proyectos de “Red de Viviendas Solidarias” y/o “Viviendas de apoyo social”.
g) El beneficiario deberá reunir los requisitos establecidos el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo.
Requisitos de las entidades jurídicas:
a) Deberán encontrarse debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia y Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento, debiendo aportar en este último caso el número de inscripción o en su defecto, solicitud para formar parte del mismo, tramitándose la inscripción de forma
simultánea a la subvención.
b) Carecer de ánimo de lucro.
c) Desarrollar su actividad dentro del término municipal de Murcia.
d) No percibir de otras Administraciones ni de la familia ocupante de la vivienda importes que sumados a la subvención concedida superen el 100% del alquiler.
e) El contrato formalizado por la persona jurídica deberá ser anterior a la solicitud de subvención, debiendo ser destinada la vivienda arrendada a residencia habitual de unidades familiares o grupo de convivencia según el apartado siguiente, así como tener una superficie útil máxima de 90 m² o mayor, en virtud de lo previsto en la base novena.
Documentos asociados
Boletín:
07/03/2012
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 56
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 56
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
09/03/2012
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 58
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 58
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento