Subvencion para el desarrollo de proyectos de promocion de la sociedad de la informacion en la Comunidad Foral de Navarra.

Código de ayuda:

S43937/10

Norma:

RESOLUCIÓN 10021E/2010, de 25 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar la accesibilidad de la ciudadanía navarra a los servicios de la sociedad de la información, incidiendo principalmente en los colectivos en riesgo especial de exclusión digital.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá subcontratarse hasta el 70% de la actividad subvencionada, siempre que se realice con los criterios de eficiencia y economía a que se refiere la base octava.

Las subvenciones se concederán con un máximo de 20.000 euros por proyecto presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro que dediquen parte de su actividad y programación a la promoción, formación y difusión de la sociedad de la información entre la ciudadanía navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En los proyectos presentados se subvencionarán gastos por los conceptos que se relacionan a continuación:

–Gastos de personal relacionados con el proyecto.

–Material fungible.

–Diseño, impresión o edición de contenidos en soporte papel, CD‑ROM, DVD, siempre que estén relacionados con el proyecto subvencionado.

–Soporte telemático de contenidos para cursos en línea: gestión y mantenimiento de páginas web.

–Equipos informáticos, cuando se consideren fundamentales para el desarrollo del proyecto. El porcentaje del presupuesto total del proyecto destinado a hardware no podrá ser superior al 30%.

–Alquiler de inmuebles para la actividad, mobiliario,limpieza, seguridad.

–Otros gastos suplementarios, siempre que estén perfectamente justificados y se consideren fundamentales para el desarrollo del programa subvencionado.

Documentos asociados

Boletín: 09/07/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 83
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento