Subvencion para implantar la Agenda Local 21 en los municipios de las Illes Balears en el ejercicio 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S52373/10

Norma:

Palma, 30 de agosto de 2010. Orden de 15 de junio de 2006. Palma, 3 de noviembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de convocatoria pública para la presentación de solicitudes de subvención para implantar la Agenda Local 21 en los municipios de las Illes Balears, para el ejercicio 2010, prevista en la Orden del consejero de Medio Ambiente de 15 de junio de 2006, por la cual se establecen las bases para la concesión de subvenciones para implantar la Agenda Local 21 en los municipios de las Illes Balears, publicada en el BOIB núm. 90 de 27 de junio de 2006.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Movilidad (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Actividades comprendidas en la fase de elaboración: La subvención no puedesuperar el 80% del presupuesto total presentado, ni los 6.000 euros, (seis mil euros) por beneficiario.

b) Actividades comprendidas en la fase de ejecución:

b.1) Ayuntamientos con un censo de población igual o superior a cinco mil habitantes: La subvención no puede superar el 50% del presupuesto total presentado, ni los 18.000 euros, (dieciocho mil euros) por beneficiario.

b.2) Ayuntamientos con un censo de población inferior a cinco mil habitantes: La subvención no puede superar el 80% del presupuesto presentado, ni los 18.000 euros, (dieciocho mil euros) por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de las Illes Balears que realicen actividades de implantación de Agenda Local 21.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención las actividades de elaboración o de ejecución que formen parte de la implantación de la Agenda Local 21. La actividad subvencionable debe haber estado iniciada dentro del año en curso.

Serán subvencionables:

I.- Fase de elaboración de documentos:

a).- Elaboración del Prediagnóstico y Diagnóstico municipal.

b).- Actividades de constitución y funcionamiento del Foro Ciudadano.

c).- Elaboración del Plan de Acción completo, es decir, incluyendo: Plan de Participación, Plan de Seguimiento y Plan de Actuación.

Son subvencionables también, individualmente, cada uno de los componentes del Plan de Acción, es decir:

d).- Elaboración del Plan de Participación.

e).- Elaboración del Plan de Actuación.

f).- Elaboración del Plan de Seguimiento.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 90
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/09/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 131
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/11/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 164
Documento: Modificación plazo justificación. Descargar Documento