Subvencion para inversiones que fomenten la igualdad de oportunidades en el trabajo.

Código de ayuda:

S16546/08

Norma:

RESOLUCION 214/2008, de 25 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12/05/2008 o hasta el 16/10/2008 dependiendo del inicio de las actividades subvencionadas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer la igualdad en el acceso y en el ejercicio del trabajo entre hombres y mujeres, así como el de las personas discapacitadas, para ello se pretende fomentar las acciones positivas que realicen las empresas con el objetivo de eliminar los obstáculos que impidan o dificulten la contratación de mujeres y personas discapacitadas.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que se podrá conceder a los beneficiarios será del 30% de la inversión realizada según lo establecido en la presente base. En ningún caso, el importe de la subvención superará la cantidad de 9.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que realicen durante el año 2008, en sus centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, las inversiones en capital fijo reguladas en la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los conceptos subvencionables serán las inversiones en activos fijos materiales relacionados con la nueva construcción de servicios, vestuarios u otras dependencias similares, diferenciados para hombres y mujeres o en la adaptación de puestos o equipos de trabajo, eliminación de barreras arquitectónicas o dotación de medidas de protección personal para las personas discapacitadas.

Requisitos:

1.º Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

2.º Que empleen a menos de 100 trabajadores.

3.º Que no hayan sido sancionadas, con carácter firme, por una falta muy grave o más de dos graves, en materia de relaciones laborales, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que se publique esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 32
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento