Subvención para la adquisición de vehículos Eurotaxi y Autotaxi, Cambia 360, correspondiente a la anualidad 2024.
Código de ayuda:
S05791/24Norma:
Decreto de 20 de marzo de 2024. Acuerdo del Pleno, 30 de octubre de 2013.Plazo de Solicitud:
Desde el 1 de junio de 2024 hasta el 30 de junio de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Vehículos que presenten las siguientes características y hayan sido adquiridos por las personas titulares de licencia de autotaxi en los períodos que se indican a continuación:a) Tramos 1 y 2: Eurotaxi (taxi adaptado), Cero emisiones o Eco, ya sean nuevos o usados, adquiridos desde el día 15 de junio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024, ambos incluidos.
b) Tramo 3: Autotaxi Cero emisiones, que sean nuevos, adquiridos desde el 27 de septiembre de 2023 hasta el 30 de junio de 2024, ambos incluidos.
Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
- Transporte
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El crédito de la convocatoria asciende a un millón trescientos mil euros (1.300.000 euros).La cuantía de las ayudas se determinará siguiendo los criterios fijados en al apartado 5.2 de la convocatoria, siendo como máximo las siguientes:
c) Tramo 1: Vehículos Eurotaxi nuevos, Cero emisiones o ECO: 20.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 50 por 100 del importe de la factura del vehículo, IVA excluido.
d) Tramo 2: Vehículos Eurotaxi de segunda mano, Cero emisiones o ECO: 10.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 50 por 100 del importe de la factura, IVA excluido.
e) Tramo 3: Vehículos Autotaxi Cero emisiones nuevos: 5.000 euros (cinco mil euros) por vehículo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
Detalle beneficiarios:
Titulares de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid que adquirieran un vehículo para su adscripción a la licencia de autotaxi con la que se solicita la subvención. El vehículo sustituido no podrá tener una antigüedad superior a la fijada por la normativa autonómica de transporte urbano.Documentos asociados
Boletín:
22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
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Boletín:
09/04/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 84
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 84
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
09/04/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 84
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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