Subvención para la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores durante el 2005.

Código de ayuda:

S13119/05

Norma:

Convocatoria de 17 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

30 días tras el alta en IAE. Para actividades constituidas antes del 30/03 el plazo es hasta el 29/04.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se pretende favorecer el autoempleo como una vía de alcanzar un empleo estable y en buenas condiciones.
Además, se pretende canalizar todas aquellas iniciativas de jóvenes emprendedores que muchas veces son frenadas por imposibilidades económicas.
Por ello, se propone la distribución de una cuantía a fondo perdido que ayude a paliar los gastos que supone la constitución de nuevas actividades económicas que se haya realizado con anterioridad al 30 de noviembre de 2005.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

De la cuantía total establecida para distribuir, las personas físicas y sociedades irregulares sin personalidad jurídica podrán recibir hasta 600 euros.
En el caso de personas jurídicas el limite se establece hasta 1.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

I.−Jóvenes de Pamplona, de entre 18 y 35 años, que constituyan una unidad económica.
a) Que sitúen el domicilio fiscal y negocio en el término municipal de Pamplona.
b) Que provengan del desempleo a la fecha de constitución de la actividad.
c) Y que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
II.−Respecto a las Sociedades irregulares.
a) el domicilio fiscal y negocio han de estar situados en el término municipal de Pamplona.
b) Dos tercios de los socios ha de ser menores de 35 años.
c) Todos los socios trabajadores han de provenir, en la fecha de constitución de la actividad, del desempleo.
d) y acrediten estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de la seguridad social.
III.−Personas jurídicas.
a) El domicilio fiscal y negocio han de estar situados en el término municipal de Pamplona.
b) Constituidas en sus dos tercios por jóvenes menores de 35 años.
c) Todos los socios trabajadores han de provenir, en la fecha de constitución de la actividad, del desempleo.
d) Que tengan plena capacidad de obrar.
e) Y acrediten estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de la seguridad social.
Asimismo, será obligatorio haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el Ayuntamiento de Pamplona a lo largo del año 2005.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables todos aquellos que sean necesarios para la constitución de la actividad económica, así como, para la puesta en marcha de dicha actividad.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2005
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 38
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento