Subvenciones 2019 para llevar a cabo acciones incluidas en el Plan de Acción por la Energía Sostenible y el Clima (PAESC) o en el Plan de Acción por la Energía Sostenible (PAES) aprobada por acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 24 de julio de 2019.
Código de ayuda:
S46828/19Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de octubre de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de esta convocatoria es cooperar con los ayuntamientos de Mallorca en actuaciones relativas al Pacto de Alcaldes y Alcaldesas por el Clima y la Energía de Mallorca.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Serán los Ayuntamientos de Mallorca, excepto Palma.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
I. Implantación y/o ejecución de acciones incluidas en el Plan de Acción por la Energía Sostenible y el Clima (PAESC).II. Implantación y/o ejecución de acciones incluidas en el Plan de Acción por la Energía Sostenible (PAES)
Estas acciones tendrán que estar bien definidas en su ficha correspondiente dentro del Plan y tener definidos los indicadores de seguimiento, y tienen que tener un objetivo y un presupuesto concreto, no genérico o estimado. Preferentemente, tendrán que ser acciones definidas como prioridad 1 dentro de los PAESC o PAES.
Estas acciones se podrán clasificar como:
a) Acciones genéricas (excepto inversión): se considerará prioritario la implantación o renovación del servicio de gestión y contabilidad de suministros energéticos municipales durante un máximo de un año, o el periodo que reste desde su contratación hasta el día 31 de agosto de 2020.
b) Acciones de inversión.
Se tendrán que presentar por separado cada una de las acciones genéricas o de inversión.
Requisitos:
- Estar adherido formalmente al “Pacto de los Alcaldes por el Clima y la Energía” (2030), aprobado por la Comisión Europea el 15 de octubre de 2015, antes de la solicitud de la ayuda. Se considerará la adhesión formal cuando se hayan registrado en la web de la Oficina del Pacto de la Unión Europea (www.pactodelosalcaldes.eu), y hayan aceptado al Consejo de Mallorca y al Gobierno de las Islas Baleares como Coordinadores Territoriales.- Tener nombrado un gestor energético municipal. El gestor energético puede pertenecer a la Mancomunidad del territorio del municipio.
Las funciones mínimas del gestor energético municipal están definidas en el punto 8 de esta convocatoria.
- Disponer, a la fecha de solicitud de la subvención, del PAESC (Plan de Acción por la Energía Sostenible y el Clima) aprobado por el Pleno de la corporación municipal, registrado y enviado a la Oficina del Pacto de la Unión Europea al sitio web (www.pactodelosalcaldes.eu ), según los procedimientos establecidos por la propia oficina.
Documentos asociados
Boletín:
06/08/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
06/08/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento