Subvenciones 2024 a los ayuntamientos de Mallorca para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Código de ayuda:

S23273/24

Norma:

Acuerdo de 2 de noviembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de noviembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas económicas a los ayuntamientos de Mallorca para que puedan hacer frente al incremento de obligaciones que les atribuye, en materia de protección y bienestar animal la Ley 7/2023, de 28 de marzo, con la finalidad de que dispongan de fondos económicos y puedan asumir con la menor incidencia presupuestaria posible las nuevas obligaciones impuestas por la Ley, así como garantizar el cumplimiento efectivo de las mismas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no podrá superar el 100% del importe solicitado subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Pueden acogerse a esta convocatoria todos los ayuntamientos de Mallorca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones que se podrán financiar con estas subvenciones serán las destinadas al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, y entre ellas, las siguientes:

-Los gastos derivados de la recogida de animales extraviados y abandonados y su alojamiento en un centro de protección animal.

-Los gastos derivados del cuidado de los animales desamparados o cuyos titulares no puedan atenderlos debido a situaciones de vulnerabilidad.

-Los gastos derivados de pagos efectuados a centros Públicos de protección animal para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 23 de la Ley 7/2023.

-Los gastos derivados de la atención sanitaria de los gatos comunitarios.

-Los gastos derivados del establecimiento o ejecución de protocolos de actuación para casos de colonias felinas en ubicaciones privadas.

-Los gastos de implementación de campañas de formación e información a la población de los programas de gestión de colonias felinas que se hayan implantado en el término municipal.

-Los gastos de establecimiento y ejecución de planes de control poblacional de los gatos comunitarios.

Concretamente se centrarán en las siguientes actuaciones fijadas en el art. 39 letra f) de la Ley 7/2023:

1. Mapeo y censo de los gatos del término municipal.

2. Programas de esterilización de los gatos mediante la intervención de albéitar habilitado.

3. La desparasitación, vacunación e identificación obligatoria mediante microchip.

4. Protocolos de gestión de conflictos vecinales.

-Los gastos derivados de las tareas de inspección establecidas al arte. 66 de la Ley 7/2023.

Las actuaciones que se podrán subvencionar con esta convocatoria serán aquellas realizadas y abonadas entre el 29 de septiembre de 2023 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

Requisitos:

Para acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos no tendrán que incurrir en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018).
Queda excluido de esta Convocatoria el municipio de Palma y su Ayuntamiento.

Documentos asociados

Boletín: 02/11/2024
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 144
Documento: Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento