Subvenciones 2024 a los ayuntamientos de Mallorca para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
Código de ayuda:
S23273/24Norma:
Acuerdo de 2 de noviembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de noviembre de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas económicas a los ayuntamientos de Mallorca para que puedan hacer frente al incremento de obligaciones que les atribuye, en materia de protección y bienestar animal la Ley 7/2023, de 28 de marzo, con la finalidad de que dispongan de fondos económicos y puedan asumir con la menor incidencia presupuestaria posible las nuevas obligaciones impuestas por la Ley, así como garantizar el cumplimiento efectivo de las mismas.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención no podrá superar el 100% del importe solicitado subvencionable.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Pueden acogerse a esta convocatoria todos los ayuntamientos de Mallorca.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones que se podrán financiar con estas subvenciones serán las destinadas al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, y entre ellas, las siguientes:-Los gastos derivados de la recogida de animales extraviados y abandonados y su alojamiento en un centro de protección animal.
-Los gastos derivados del cuidado de los animales desamparados o cuyos titulares no puedan atenderlos debido a situaciones de vulnerabilidad.
-Los gastos derivados de pagos efectuados a centros Públicos de protección animal para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 23 de la Ley 7/2023.
-Los gastos derivados de la atención sanitaria de los gatos comunitarios.
-Los gastos derivados del establecimiento o ejecución de protocolos de actuación para casos de colonias felinas en ubicaciones privadas.
-Los gastos de implementación de campañas de formación e información a la población de los programas de gestión de colonias felinas que se hayan implantado en el término municipal.
-Los gastos de establecimiento y ejecución de planes de control poblacional de los gatos comunitarios.
Concretamente se centrarán en las siguientes actuaciones fijadas en el art. 39 letra f) de la Ley 7/2023:
1. Mapeo y censo de los gatos del término municipal.
2. Programas de esterilización de los gatos mediante la intervención de albéitar habilitado.
3. La desparasitación, vacunación e identificación obligatoria mediante microchip.
4. Protocolos de gestión de conflictos vecinales.
-Los gastos derivados de las tareas de inspección establecidas al arte. 66 de la Ley 7/2023.
Las actuaciones que se podrán subvencionar con esta convocatoria serán aquellas realizadas y abonadas entre el 29 de septiembre de 2023 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
Requisitos:
Para acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos no tendrán que incurrir en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017 y BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018).Queda excluido de esta Convocatoria el municipio de Palma y su Ayuntamiento.
Documentos asociados
Boletín:
02/11/2024
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 144
Documento: Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 144
Documento: Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento