Subvenciones 2025 para la realización de festivales en el Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S26482/24

Norma:

Resolución de 25 de noviembre de 2024. Resolución de 27 de julio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de enero de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar proyectos culturales para la realización de festivales en el ámbito del Principado de Asturias y actividades culturales complementarias a los mismos, en los ámbitos de la música, artes escénicas, cine y televisión, artes visuales, literatura u otras temáticas culturales.

Estas subvenciones tendrán por finalidad el fomento y promoción de la oferta cultural de calidad en el Principado de Asturias, a través de la celebración de festivales y el desarrollo de actividades culturales complementarias a los mismos, dedicados a los ámbitos indicados, que sean de especial interés para el enriquecimiento de la vida cultural asturiana.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Política Lingüística y Deporte (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Línea 1 Entidades sin ánimo de lucro para grandes festivales.- 80.000 euros
- Línea 2 Profesionales y empresas parara grandes festivales.- 100.000 euros
- Línea 3 Entidades locales para cualquier tipo de festival.- 75.000 euros
- Línea 4 Entidades sin ánimo de lucro para festivales.- 100.000 euros
- Línea 5 Profesionales y empresas para festivales.- 50.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas subvenciones personas físicas o jurídicas, asociaciones, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro que se dediquen profesionalmente a la realización de festivales; así como entidades locales, en los términos que se recogen en las líneas específicas de subvenciones de cada una de las modalidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables todos los gastos inherentes a la organización y ejecución del proyecto
subvencionado, tales como representaciones, estudios, exposiciones, publicaciones, actividades didácticas y de difusión, grabaciones, rodajes, etc., incluyendo los gastos de personal inherentes a su desarrollo; derechos de exhibición cinematográfica; cachés y gastos de desplazamiento y alojamiento de los artistas participantes; Gastos derivados de alquileres de equipos o locales necesarios para el desarrollo del proyecto para el que se solicita ayuda; y gastos corrientes de mantenimiento y funcionamiento de la entidad solicitante vinculados directamente con el proyecto presentado hasta el límite del 20 % del total de la ayuda.

2. No serán subvencionables los gastos de equipamiento o inversión, así como aquellos originados por los conceptos de dietas a terceros, manutención o atenciones protocolarias.

3. No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando la persona o entidad beneficiaria esté obligada a realizar declaración del mencionado impuesto, por tanto, la cantidad que podrá imputarse como gasto es la correspondiente a la base imponible de los justificantes.

El IVA sólo será subvencionable si es real y definitivamente soportado por el beneficiario final o por el destinatario último.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2023
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 152
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/12/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 236
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/12/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 236
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento