Subvenciones COMPITE del programa INNPULSA 2012-2015.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S04037/13Norma:
Orden INN/33/2012, de 28 de diciembre.Plazo de Solicitud:
1) Hasta el día 31/05/2013; 2) Desde el día 01/06/2013 hasta el día 31/12/2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva y mediante convocatoria abierta, para el año 2013 la línea de subvenciones COMPITE del Programa INNPULSA 2012-2015 de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.Categorías Subvención
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención se determinará como un porcentaje sobre los gastos subvencionables y en función de la puntuación obtenida según los criterios de evaluación, estableciéndose una subvención máxima de 50.000 euros por proyecto.Tipo de gasto / Intensidad
Software (licencia e implantación) 25 %
Inversiones materiales e inmateriales 25 %
Servicios de asesoramiento externo 50 %
Gastos de derechos de propiedad industrial 35 %
Gastos de asistencia a ferias 50 %
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
La empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas en el artículo 2 y esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Implantación de Software de Gestión Avanzada: Se apoya la incorporación de nuevas técnicas de gestión y organización empresarial, a través de la implantación de herramientas/ soluciones software de gestión avanzada, tipo: ERP, CRM, SCM; Software para soluciones de movilidad y su integración en un software tipo ERP; Integración de plataformas de comercio electrónico en un software tipo ERP.b) Mejora de la Productividad Industrial: Se apoya la modernización y el desarrollo Tecnológico de los procesos productivos, mediante:
- La implementación de nuevos procesos productivos o la mejora tecnológica de los procesos
productivos ya existentes.
- La implantación de soluciones tecnológicas, en las áreas de producción, basadas en las
TIC.
- La modificación tecnológica de los procesos de fabricación para conseguir una certificación
voluntaria de un proceso o de un producto.
c) Comercialización: En esta línea se apoya:
- La introducción en el mercado de nuevos productos que sean fruto del esfuerzo de la investigación industrial y el desarrollo tecnológico de las empresas.
- El acceso de las PYMES a nuevos mercados internacionales.
- La protección de los derechos de propiedad industrial.
- La mejora de la imagen empresarial aplicando técnicas de diseño industrial.
- La participación en ferias de relevancia mundial.
d) Certificación: Se incentiva la certificación voluntaria de los sistemas de gestión de la
empresa, de los procesos productivos y de los productos.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades que incurran en alguno de los supuestos contemplados en los artículos 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, ni aquellas que puedan ser consideradas empresas en crisis con arreglo a lo establecido en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (2004/C 244/02), ni aquellas empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, según el Reglamento General de Exención por Categorías.Asimismo, no podrán ser beneficiarias las empresas que no tengan realizada la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva de la empresa de acuerdo con el Reglamento de los servicios de prevención de riesgos laborales (Real Decreto 39/1997, de 17 de enero).
Documentos asociados
Boletín:
22/02/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento