Subvenciones Programa SOIB Investigación e Innovación, para el periodo 2022-2025.
Código de ayuda:
S14519/22Norma:
Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre. Resolución de 10 de marzo de 2022.Plazo de Solicitud:
Primer plazo: hasta el 8 de abril de 2022. Segundo plazo: entre el 1 y el 30 de marzo de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contratar personas jóvenes demandantes de ocupación, de 16 años o más y que no hayan cumplido los 30 años en el momento de empezar la relación contractual, por parte de los organismos de investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas al derecho privado, y entidades privadas sin ánimo de lucro, junto con empresas que estén invirtiendo en investigación e innovación que pertenezcan al sector público o privado, para la realización de iniciativas de investigación e innovación previstas en esta convocatoria, dentro del ámbito geográfico de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, al amparo de la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas,destinadas a la financiación del «Programa Investigo».
Categorías Subvención
- Empleo
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Juventud
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Anualidad 2022: 3.942.217 €Anualidad 2023: 833.931€
Línea 1. Entes públicos: 1.662.902 €.
Línea 2. Entes privados: 712.672 €.
Línea 3. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en R+D+I: 2.375.574 €
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Línea 1: entes públicos.a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación.
b) Instituciones y centros sanitarios públicos, vinculados al Sistema Nacional de Salud, que desarrollan actividades de R+D+I (investigación, desarrollo e innovación).
c) Otros centros públicos de R+D+I, con personalidad jurídica propia, que en los estatutos o en el objeto social o en la normativa que los regula, tengan la R+D+I como actividad principal.
d) Empresas del sector público que estén invirtiendo en desarrollar iniciativas de investigación e innovación previstas en esta convocatoria.
Línea 2: entes privados.
a) Instituciones y centros sanitarios privados sin ánimo de lucro, vinculados al Sistema Nacional de Salud o concertados, que desarrollan actividades de R+D+I.
b) Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados por órdenes ministeriales.
c) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el cual se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de estos centros.
d) Centros privados de R+D+I, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida en los estatutos o en el objeto social o en la normativa que los regula la R+D+I como actividad principal.
e) Empresas del sector privado que estén invirtiendo en desarrollar iniciativas de investigación e innovación previstas en esta convocatoria.
Línea 3: universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en R+D+I, de acuerdo con el que prevé la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, que estén inscritas en el Registro de universidades, centros y títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el cual se regula este Registro.
Documentos asociados
Boletín:
19/11/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 277
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
12/03/2022
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 36
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento