Subvenciones a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de Juventud.-Convocatoria 2024.
Código de ayuda:
S29700/22Norma:
Orden de 25 de junio de 2021. Resolución de 4 de mayo de 2022. Resolución de 14 de junio de 2023. Resolución de 21 de junio de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de julio de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para la realización de actuaciones, dirigidas a la juventud andaluza, por Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, en algunos de los siguientes ámbitos:1. Vida saludable, conocimiento del entorno natural y sostenibilidad.
2. Emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación.
3. Igualdad, diversidad-LGTBI, tolerancia, inclusión de la juventud con discapacidad y prevención de la violencia de género.
4. Voluntariado Juvenil y participación.
5. Cultura, creatividad, arte y talento juvenil.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Juventud
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:Asociaciones Juveniles.
Federaciones constituidas por éstas.
Secciones Juveniles de otras Entidades.
Grupos de Corresponsales Juveniles.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Modalidad A: Subvenciones para entidades de participación juvenil de ámbito local o provincial, inscritas con tal ámbito en el Censo de Entidades de Participación Juvenil de Andalucía, en virtud de lo establecido en el Decreto 247/2005, de 8 de noviembre, por el que se regula el censo de entidades de participación juvenil de Andalucía, así como para Grupos de Corresponsales Juveniles.- Modalidad B: Subvenciones para entidades de participación juvenil de ámbito regional, inscritas con tal ámbito en el Censo de Entidades de Participación Juvenil de Andalucía, en virtud de lo establecido en el Decreto 247/2005, de 8 de noviembre, para la realización de actuaciones dirigidas a personas jóvenes de, al menos, cuatro provincias.
Requisitos:
Las Asociaciones Juveniles y las Federaciones constituidas por éstas, deberán:a) Estar debidamente constituidas, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como a la Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía, y registradas conforme al Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y al Decreto 152/2002, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía.
b) Estar inscritas en el censo de entidades de participación juvenil, sito en el Instituto Andaluz de la Juventud, regulado mediante el Decreto 247/2005, de 8 de noviembre, con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria de esta línea de subvenciones.
Las Secciones Juveniles de otras Entidades deben:
a) Las entidades de las que dependan deberán cumplir lo establecido en el apartado 1.a) anterior, en el caso de ser Asociaciones reguladas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo. En otro caso deben estar legalmente constituidas y registradas conforme a su normativa específica.
b) Las Secciones Juveniles deben estar inscritas en el censo de entidades de participación juvenil, anteriormente citado, con anterioridad a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria de esta línea de subvenciones.
Los Grupos de Corresponsales Juveniles deben reunir los siguientes requisitos:
a) Que el grupo tenga carácter voluntario y sin ánimo de lucro y que lo formen al menos cuatro jóvenes mayores de 14 y menores de 30 años. La persona representante del grupo debe ser mayor de edad.
b) Que las personas componentes del grupo se encuentren acreditadas como corresponsales juveniles por la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud que corresponda.
c) Que los proyectos o actividades propuestos por el grupo se encuentren avalados por el Centro de Información Juvenil con el que colaboren.
Documentos asociados
Boletín:
30/06/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 124
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
12/05/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 89
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
12/05/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 89
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
21/06/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 117
Documento: Convocatoria 2023 (Completa) Descargar Documento
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Boletín:
21/06/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 117
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
08/07/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 131
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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Boletín:
08/07/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 131
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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