Subvenciones a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones dirigidas a la juventud andaluza.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S18600/16Norma:
Orden de 9 de junio de 2016. Orden de 21 de junio de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de julio de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para la realización de actuaciones, dirigidas a la Juventud, por Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, en algunos de los siguientes amitos:1.- Emancipación (Empleo)
2.- Participación y Voluntariado (Fomento de valores democráticos, prevención de la violencia entre iguales, interculturalidad).
3.- Innovación (Investigación, Cultura Emprendedora y Nuevas Tecnologías).
4.- Calidad de Vida (Salud, Ocio, Cultura, Deporte y Medio Ambiente).
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Juventud
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para el ejercicio 2016 la financiación de estas subvenciones se realizará con cargo a los créditosconsignados en las posiciones presupuestarias G/32F/48501/00 y G/32F/48500/00 del programa presupuestario de gastos del Instituto Andaluz de la Juventud, por la cuantías totales máximas de 90.083,50 € y 398.000 €, respectivamente.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
- Asociaciones Juveniles.- Federaciones constituidos por éstas.
- Secciones Juveniles de otras Entidades.
- Grupos de Corresponsales Juveniles.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
gastos de personal y gastos de naturaleza corriente para la presentación de servicios necesarios, para la realización de actividades dirigidas a los jóvenes, con edades comprendidas entre los 14 y los 30 años, ambas inclusive, salvo el ámbito de emancipación, en cuyo caso la edad limite es de 35 años.Documentos asociados
Boletín:
15/06/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
24/06/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 120
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 120
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín:
24/06/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 120
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 120
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento