Subvenciones a Asociaciones Juveniles inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de Navarra y otras entidades juveniles de Navarra para el desarrollo de programas en el ámbito de la juventud y la adquisición de equipamiento de asociaciones juveniles durante 2019.

Código de ayuda:

S18900/19

Norma:

ORDEN FORAL 11E/2019, de 7 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de abril de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a las Asociaciones Juveniles inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de Navarra y a Entidades juveniles de
Navarra para el desarrollo de programas en el ámbito de la juventud y la adquisición de equipamiento durante 2019.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejera de Cultura y Deporte (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1. Las asociaciones juveniles inscritas en el Censo de Entidades de Juventud de Navarra, regulado por Orden Foral 73/2002, de 18 de septiembre, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

2. Las entidades juveniles de Navarra que desarrollen programas en el ámbito de la juventud y que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente, en el momento de presentación de la
solicitud, siempre y cuando dicha inscripción fuera exigible conforme a la normativa vigente y:

2.1. Carezcan de fines de lucro (quedan expresamente excluidas las entidades con ánimo de lucro), no dependan económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas.

2.2. Tengan como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a la juventud.

2.3. Tengan el domicilio social o sede y el domicilio fiscal en la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. El proyecto debe ir destinado a jóvenes de edades comprendidos entre los catorce y los treinta años, en cumplimiento del artículo 2 de la Ley Foral 11/2011, de 1 de abril, de Juventud.

B. Los proyectos subvencionables estarán constituidos por un conjunto de actividades determinadas que guarden un sentido unitario y se dirijan a satisfacer los objetivos perseguidos, conforme a un plan estructurado.

C. Se subvencionarán los proyectos que favorezcan el desarrollo vital de las personas jóvenes y/o fomenten la participación activa del joven en la sociedad y tengan en cuenta la perspectiva de género.

En relación con los proyectos señalados anteriormente, se subvencionarán acciones tales como:

a) Actuaciones que posibiliten el acceso de la juventud a la formación y al empleo.

b) Actuaciones de Educación para la salud.

c) Actuaciones de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia, el sexismo, la homofobia y la intolerancia.

d) Actuaciones que promuevan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

e) Actuaciones que promuevan la participación solidaria de la Juventud a través del voluntariado, la educación y la cooperación al desarrollo.

f) Actuaciones que promuevan el ocio y tiempo libre saludable entre los y las jóvenes.

g) Acciones que promuevan actuaciones del movimiento asociativo juvenil en la conservación del medio ambiente y en la utilización de una nueva cultura del ocio.

h) Actuaciones que conlleven la promoción artístico-cultural de jóvenes.

i) Acciones que promuevan la participación juvenil para el fomento de la ciudadanía activa.

j) Proyectos de ocio y tiempo libre juveniles en los que participen jóvenes en riesgo de exclusión social y/o jóvenes con discapacidad.

D. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones y guías y los que tengan por objeto la realización de obras o la adquisición de material informático para la realización de las actividades previstas.

E. El plazo de ejecución de estos proyectos será el comprendido entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019.

Documentos asociados

Boletín: 29/03/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento