Subvenciones a Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Navarra.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S17719/12Norma:
ORDEN FORAL 181/2012, de 19 abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/06/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones para los proyectos y actividades en materia de consumo que realicen las asociaciones de consumidores y usuarios de Navarra durante el año 2012.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Consumo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud. (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) El gasto total destinado a subvencionar este tipo de proyectos es de 40.511 euros.b) El gasto total destinado a subvencionar este tipo de proyectos es de 5.000 euros.
c) El gasto total destinado a subvencionar este tipo de proyectos es de 12.000 euros.
d) El gasto total destinado a subvencionar este tipo de proyectos es de 15.000 euros.
e) El gasto total destinado a subvencionar este tipo de proyectos es de 10.000 euros.
f) El gasto total destinado a subvencionar este tipo de proyectos es de 2000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de consumidores y usuarios de Navarra que estén legalmente constituidas, se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Navarra, no tengan fines l lucrativos, y en quienes no concurra ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley Foral11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La atención directa y gratuita prestada a los consumidores y usuarios en las oficinas propias, en relación con la información sobre sus derechos y la tramitación de sus reclamaciones, denuncias y quejas.En relación con dicha actividad, se subvencionarán los gastos ocasionados que indubitadamente respondan a la naturaleza de los mismos, entre los que podrán incluirse:
–Gastos de alquiler, gastos de comunidad y tributos de sedes u oficinas propias abiertas al público donde se desarrolle la actividad de la oficina de información.
–Gastos de agua, electricidad y gas correspondientes a las sedes u oficinas propias donde se desarrolla la actividad de la oficina de información.
–Gastos de telefonía e Internet.
–Gastos de material de oficina y fungibles informáticos.
–Costes del personal propio de la asociación dedicado a la actividad subvencionada, tales como salarios y gastos de cotización a la Seguridad Social, debiendo indicarse el porcentaje de jornada dedicado por dicho personal a la actividad de atención directa a los consumidores y usuarios.
b) Edición de material didáctico divulgativo con contenido exclusivo en temas de consumo como revistas, folletos, publicaciones u otros materiales.
c) Realización de estudios específicos sobre temas de consumo que sean publicados o difundidos con carácter general.
d) Organización de jornadas, cursos, conferencias, seminarios, mesas redondas u otras actividades encaminadas a la información y formación de los consumidores y usuarios.
e) Proyectos de fomento de la mediación y el Sistema Arbitral de Consumo.
f) Intervención en medios de comunicación respecto a actividades específicas.
Documentos asociados
Boletín:
18/05/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 94
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 94
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento