Subvenciones a Ayuntamientos para la mejora genética del ganado equino de Pura Raza Española en la provincia de Salamanca.
Código de ayuda:
S17482/04Norma:
Decreto 1925/04, de 8 de junio de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 09/07/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar los programas de reproducción de caballos de Pura Raza Española que sean organizados por los Ayuntamientos de la provincia con el objetivo de mejorar la genética de dichos équidos y promover la continuidad de este tipo de actuaciones.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Localización del organismo gestor

Convoca:
Diputación Provincial de Salamanca (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
No podrá exceder del 50% de los gastos enumerados en la Base tercera ni de la cantidad de 11.000,00 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos de la provincia de Salamanca que realicen durante el año 2004 programas de reproducción de caballos de P.R.E..¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La organización de paradas de sementales en el término municipal del Ayuntamiento peticionario que den servicio, mediante el sistema de monta natural, a yeguas inscritas en el libro genealógico del Caballo de Pura Raza Española con arreglo a la Orden APA/3319/2002, de 23 de diciembre.Se consideran gastos subvencionables los que de manera indubitada guarden directa relación con la actividad subvencionada relativos a:
• Gastos de conservación de las infraestructuras y acondicionamiento del recinto donde se desarrolle la actuación.
• Adquisición, alquiler o reparación de boxes.
• Alimentación del ganado durante el transcurso de la actividad.
• Mantenimiento y limpieza del recinto donde se establezca la parada.
• Publicidad y material promocional.
• Seguros relativos a la actuación.
• Adquisición de material técnico.
• Servicios veterinarios.
Requisitos:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.- Hallarse al corriente de las obligaciones devengadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2003, respecto de la Diputación, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
- No concurrir en el Ayuntamiento solicitante las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.
Documentos asociados
Boletín:
22/06/2004
BO Provincia de Salamanca- Nº 118
Documento: Bases Originales en web Descargar Documento
BO Provincia de Salamanca- Nº 118
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