Subvenciones a Ayuntamientos y Entidades Locales Menores, para la elaboracion y actualizacion de planes de accesibilidad y para la ejecucion de obras de mejora y la adquisicion de equipamiento para garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y de las edificaciones.

Código de ayuda:

S41473/11

Norma:

ORDEN de 27 de julio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/09/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación y convocatoria del régimen de concesión de subvenciones para el ejercicio 2011 para: 1) la elaboración de planes de accesibilidad y sus actualizaciones, que tengan por objeto la adaptación progresiva de los entornos urbanos, espacios públicos, edificios, transportes y sistemas de información ya existentes, a las condiciones de accesibilidad previstas en la Ley 20/1997, de 4 de diciembre, y sus normas de desarrollo,2) la ejecución de obras de mejora para garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y las
edificaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, contenidos en los planes de accesibilidad de los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores y 3) la adquisición e instalación de equipamiento para garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y las edificaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, contenidos en los planes de accesibilidad de los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de vivienda, obras públicas y transportes (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El presupuesto de accesibilidad subvencionable será como máximo el 50% del presupuesto de accesibilidad solicitado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos y las Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma del País Vasco que pretendan desarrollar y llevar a cabo las actuaciones previstas en el artículo anterior. Pudiendo solicitarse también por parte de Organismos Autónomos Locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los trabajos de elaboración y redacción de los nuevos planes de accesibilidad mencionados en el artículo primero, su actualización, así como las actuaciones relativas a la ejecución de obras y la adquisición e
instalación de equipamiento que estuvieran contenidas en los planes de accesibilidad redactados, con la finalidad indicada en el artículo primero.

Los planes de accesibilidad objeto de subvención, incluirán en todo caso como contenido mínimo, la siguiente documentación:

a) Inventario de los espacios exteriores, edificación, transporte y comunicación objeto de adaptación.

b) Orden de prioridades de actuaciones.

c) Programa económico-financiero, determinando las previsiones económicas destinadas a la realización de las adaptaciones.

d) Calendario de ejecución de las adaptaciones.

Requisitos:

No podrán concurrir a la convocatoria de las ayudas reguladas en esta orden las personas sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni las incursas en prohibición legal que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 16/08/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 154
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento