Subvenciones a Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas, Producción Agraria Ecológica y Asociaciones de “Vino de la Tierra”.
Código de ayuda:
S13764/05Norma:
Resolución de 21 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Incentivar las actuaciones de protección de las producciones agroalimentarias de calidad, sujetas a normas de obtención en las que se alcanzan adecuados niveles de protección ambiental, de los consumidores y de bienestar animal, bajo figuras reconocidas por la normativa vigente, tales como:Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas, Especialidades Tradicionales Garantizadas, Producción Agraria Ecológica y Vinos de la Tierra, apoyando a las estructuras de control de las entidades responsables de supervisar y promocionar la utilización de los distintivos reconocidos, garantizando la autenticidad del origen y especificidad de los productos agrarios y alimenticios amparados.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Asociacionismo y Voluntariado
Creación nuevas empresas
Equipamientos informáticos y Tecnología
Formación
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Los Consejos Reguladores, entidades u organizaciones de productores cuyo ámbito de actuación sea en el territorio del Principado de Asturias, que carezcan de ánimo de lucro teniendo entre sus cometidos y actuaciones fundamentales la defensa, promoción y la mejora de la calidad de los productos agrarios y alimenticios, incluidos en los sistemas comunitarios de protección existentes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Gastos de constitución de entidades beneficiarias, incluidos los imputables al diseño, registro y defensa de los signos distintivos empleados para el reconocimiento de los productos incluidos en los sistemas comunitarios de protección; honorarios de agente de la propiedad industrial; gastos derivados de actividades de formación destinada a los usuarios de la denominación de calidad o al personal encargado de la supervisión de su utilización. La cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 100% de los gastos de constitución.2. Gastos administrativos y de funcionamiento, ayuda temporal y regresiva en la que se incluyen los gastos de alquiler de locales apropiados, la adquisición del material de oficina, incluidos los ordenadores y programas informáticos, costes del personal, así como los gastos generales. Se podrán tener en cuenta los gastos generados con medios propios o servicios contratados externamente.
La cuantía de la ayuda no podrá superar el 100% de los costes correspondientes durante el primer año, reduciéndose en 20 puntos porcentuales cada año de funcionamiento, de modo que en el quinto año quede limitada a un 20% de los costes efectivos de dicho año.
3. Gastos de acciones promocionales y publicitarias genéricas, incluyendo los facturados por agencias publicitarias y otros prestatarios de servicios implicados en la preparación y realización de las acciones de promoción, alquileres de espacios de publicidad, gastos de publicación de material, de personal externo, de locales y demás elementos necesarios para las acciones, presentaciones públicas y asistencia a ferias.
Se incluirán dentro de estas acciones los estudios de coyuntura, análisis de las perspectivas y evolución de los mercados, siempre que puedan tener una incidencia directa en la mejora de los procesos de comercialización.
La cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 50% de los gastos subvencionables.
4. Gastos de consultoría externa facturados por las empresas que realicen los estudios o asesoren la implantación de las normas europeas de la serie 45000. Cantidades abonadas a organismos de acreditación reconocidos, adquisición o contratación de medios destinados a la realización de controles, equipos informáticos o de comunicación, mobiliarios, aparatos e instrumental de laboratorio y sala de cata, elementos para recogida de muestras, etc.
Documentos asociados
Boletín:
04/04/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 76
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 76
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento