Subvenciones a Corporaciones Locales para el desarrollo del Servicio Municipal de Consumo para 2005.

Código de ayuda:

S06882/05

Norma:

Resolución de 15 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a Corporaciones Locales para el desarrollo del Servicio Municipal de Consumo.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Consumo
  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sanitarios (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Corporaciones Locales y Mancomunidades del Principado de Asturias que hayan suscrito, o suscriban a lo largo de 2005, y cumplan el Convenio con el Principado de Asturias para la cooperación, coordinación de actuaciones y desarrollo de actividades en materia de defensa del consumidor, y que tengan, asimismo, aprobada definitivamente y publicada la ordenanza reguladora de los Servicios Locales de Consumo o hayan iniciado los trámites para su aprobación o publicación en el presente ejercicio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Establecimiento, ampliación de instalaciones, gastos de funcionamiento, dotación informática y programas de actuación de Oficinas Municipales de Información al Consumidor y Servicios Municipales de Consumo, así como conexiones a Bases de Datos y acceso a nuevas tecnologías de la información.
b) Capacitación, formación o perfeccionamiento del personal de los Ayuntamientos que realice funciones de información e inspección, así como de conciliación en materia de consumo.
c) Promoción y preparación de cursillos, reuniones y actividades dedicadas a la formación de los consumidores y a su adecuada información, así como desarrollo de actividades de educación.
d) Realización de campañas informativas sobre comercialización de productos alimentarios e industriales, y prestación de servicios.
e) Divulgación de publicaciones. libros, revistas y normas de especial incidencia en el área de consumo.
f) Personal, preferentemente en los Servicios en fase de implantación o desarrollo.
g) Gastos de material, pruebas periciales y campañas informativas en aquellas Corporaciones Locales que tengan constituida Junta Arbitral de Consumo.
h) En general, cualesquiera otras medidas tendentes a mejorar el nivel de información de los consumidores y usuarios o que propicien la cooperación entre las distintas Administraciones Públicas para la mejor coordinación de los servicios que las mismas realicen en el área del consumo.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 40
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento