Subvenciones a Corporaciones Locales para proyectos de infraestructuras turísticas, en la zona de la Sierra Norte de Madrid.

Código de ayuda:

S06500/04

Norma:

Orden 137/2004, de 10 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a las Administraciones Locales de la Sierra Norte, en la creación de infraestructuras turísticas municipales, para conseguir la mejora progresiva de estas dotaciones, tratando de lograr su funcionamiento con el mayor grado de eficacia posible.
Los proyectos a subvencionar deberán responder a una demanda turística real, no dañar el medio ambiente y contribuir a potenciar el desarrollo económico de los municipios y de la zona.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Presidencia (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá ser de hasta el 100% de la inversión aceptada previo informe de los Servicios Técnicos del PAMAM, que determinarán la idoneidad de la actuación con el objeto de la subvención.
En ningún caso la cantidad concedida a un sólo proyecto podrá superar la cantidad de 80.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido
incluido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los 42 municipios de la Sierra Norte de Madrid, así como las mancomunidades legalmente constituidas exclusivamente por municipios de la Sierra Norte.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Construcción o rehabilitación de edificios e instalaciones turísticas.

b) Acondicionamiento y urbanización de terrenos para su destino a infraestructuras turísticas.

c) Equipos para procesos de informatización, excepto software.

d) Equipamiento.

e) Honorarios técnicos por dirección facultativa, siempre que se correspondan con el proyecto a subvencionar, en cuyo caso, se deberá acordar por el órgano municipal competente la aprobación de los honorarios de manera independiente de la aprobación del proyecto, debiendo aprobarse cada uno de dichos conceptos desglosando sus respectivos importes y solicitarse conjuntamente.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 64
Documento: Convocatoria Descargar Documento