Subvenciones a Entidades Locales - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S13473/09Norma:
Resolucion de 11 de febrero de 2009. Resolucion de 1 de abril de 2009.Plazo de Solicitud:
Según convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria pública de subvenciones a las Entidades Locales del Principado de Asturias de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2009 por un importe global máximo de quinientos sesenta y un mil ciento cincuenta y un euros (561.151,00 €), con cargo a las aplicaciones presupuestarias y por las cuantías máximas siguientes del estado de gastos de los Presupuestos Generales del Principado de asturias para el año 2009:— Línea 1.ª—Instituto Asturiano de la Mujer: 11.06.323B.464.006, 230.000,00 €.
— Línea 2.ª—Dirección General de Interior y Seguridad Pública: 11.02.126C.769.002, 175.000,00 €.
— Línea 3.ª—Dirección General de Interior y Seguridad Pública: 11.02.223A.769.012, 156.151,00 €.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de la Presidencia (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe total destinado a esta línea asciende a 230.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 11.06.323B.464.006.La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, siendo la máxima por beneficiario de 18.030,00 €.
Línea 2.ª: Dotación de medios a las policías locales.
El importe total destinado a esta línea asciende a 175.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.126C.769.002.
La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, pudiendo, en su caso, acordarse por la Comisión de Valoración, cuantías máximas en los elementos subvencionables.
Línea 3.ª: Dotación de medios de seguridad y dotación de medios a las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección civil.
El importe total destinado a esta línea asciende a 156.151,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 11-02- 223A-769.012.
La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, y sin perjuicio de lo previsto en la base cuarta de esta convocatoria, pudiendo, en su caso, acordarse por la Comisión de Valoración, cuantías máximas en los elementos subvencionables.
Para las tres líneas de actuación, conforme a lo previsto en el artículo 2.1 del Decreto 105/2005, de 19 de octubre, y sin perjuicio de los porcentajes que pudiesen fijar, para cada una de ellas, las Comisiones de Valoración en atención al número de solicitudes presentadas y a la disponibilidad presupuestaria existente, se establece con carácter general, la aportación máxima a cada concreta actuación tomando como referencia la población de derecho de cada entidad local:
a) Hasta un 90% del presupuesto a las menores de 5.000 habitantes.
b) Hasta un 80% a las comprendidas entre 5.000 y 20.000 habitantes.
c) Hasta un 70% a las comprendidas entre 20.001 y 50.000 habitantes.
d) Hasta un 50% a las mayores de 50.000 habitantes.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
línea 1.ª: igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.Todos los Ayuntamientos asturianos, salvo aquellos concejos que dispongan de Casa de Encuentro de las Mujeres cuyo programa de actividades esté subvencionado a través de convenio específico con el Principado de Asturias.
línea 2.ª: Dotación de medios a las policías locales.
Todos los Ayuntamientos asturianos que cuenten con Policía Local.
Línea 3.ª: Dotación de medios de seguridad y dotación de medios a las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección civil.
Todas las Entidades Locales, salvo que la adquisición de los medios vaya dirigida a las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil, en cuyo caso tendrán la consideración de beneficiarios únicamente las Entidades Locales en las que dicha Agrupación se encuentre legalmente constituida.
En el supuesto de solicitud por parte de una Entidad supramunicipal o Agrupación de Ayuntamientos, quedan expresamente excluidos los Ayuntamientos que, en su caso, las componen.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea 1.ª: Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.Línea 2.º: Dotación de medios a las policías locales.
Línea 3.º: Dotación de medios de seguridad y dotación de medios a las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil.
Documentos asociados
Boletín:
26/02/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
04/04/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 78
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 78
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento