Subvenciones a Entidades Locales de Castilla y Leon, para gastos de mantenimiento de centros de atencion a la primera infancia.
Código de ayuda:
S05728/08Norma:
ORDEN FAM/79/2008, de 18 de enero. ORDEN FAM/1207/2008, de 24 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/03/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto convocar para el ejercicio 2008, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para financiar los gastos de mantenimiento de los Centros Infantiles (0-3 años) cuya titularidad corresponde a las Entidades Locales, con la finalidad de contribuir a compatibilizar la vida profesional con las responsabilidades familiares.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar artículo Quinto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán concurrir a las subvenciones convocadas en la presente Orden, las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, que sean titulares de Centros Infantiles, que presten atención educativa-asistencial a niños/as de 0 a 3 años exclusivamente.Están excluidos de la presente convocatoria los centros del «Programa CRECEMOS», los construidos al amparo del «Programa JUNTOS» y otras formas de atención a la primera infancia que no se dediquen a
atender exclusivamente a los niños de 0 a 3 años.
No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas Entidades Locales en quienes concurran alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones concedidas al amparo de la presente Orden se destinarán a atender los siguientes gastos:– Gastos de personal, correspondientes a salarios del personal que preste servicios en cada centro, incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social relativa a la entidad titular del centro,
así como las cantidades asignadas a otros gastos, que comprenderán los del personal de administración y servicios.
– Gastos de alimentación.
– Otros gastos generales de mantenimiento del centro.
Los Centros Infantiles de titularidad de las Entidades Locales que hayan iniciado por primera vez su actividad a partir del mes de septiembre de 2007, podrán solicitar esta ayuda para financiar los gastos de mantenimiento producidos desde la fecha de inicio de su actividad y durante el ejercicio 2008.
Documentos asociados
Boletín:
25/01/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 17
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 17
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento