Subvenciones a Entidades Locales de Castilla y Leon, para gastos de mantenimiento de centros de atencion a la primera infancia.

Código de ayuda:

S05728/08

Norma:

ORDEN FAM/79/2008, de 18 de enero. ORDEN FAM/1207/2008, de 24 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar para el ejercicio 2008, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para financiar los gastos de mantenimiento de los Centros Infantiles (0-3 años) cuya titularidad corresponde a las Entidades Locales, con la finalidad de contribuir a compatibilizar la vida profesional con las responsabilidades familiares.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar artículo Quinto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a las subvenciones convocadas en la presente Orden, las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, que sean titulares de Centros Infantiles, que presten atención educativa-asistencial a niños/as de 0 a 3 años exclusivamente.

Están excluidos de la presente convocatoria los centros del «Programa CRECEMOS», los construidos al amparo del «Programa JUNTOS» y otras formas de atención a la primera infancia que no se dediquen a
atender exclusivamente a los niños de 0 a 3 años.

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas Entidades Locales en quienes concurran alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones concedidas al amparo de la presente Orden se destinarán a atender los siguientes gastos:

– Gastos de personal, correspondientes a salarios del personal que preste servicios en cada centro, incluidas las cotizaciones por cuota patronal a la Seguridad Social relativa a la entidad titular del centro,
así como las cantidades asignadas a otros gastos, que comprenderán los del personal de administración y servicios.
– Gastos de alimentación.
– Otros gastos generales de mantenimiento del centro.

Los Centros Infantiles de titularidad de las Entidades Locales que hayan iniciado por primera vez su actividad a partir del mes de septiembre de 2007, podrán solicitar esta ayuda para financiar los gastos de mantenimiento producidos desde la fecha de inicio de su actividad y durante el ejercicio 2008.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 17
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/07/2008
- Nº 129
Documento: Modificación Descargar Documento