Subvenciones a Entidades Locales, para gastos de mantenimiento de centros de atención a la primera infancia dirigidos a la conciliación de la vida familiar y laboral. Y Bases Reguladoras

Código de ayuda:

S01782/06

Norma:

ORDEN FAM/1817/2005, de 29 de diciembre, Orden FAM/1640/2005, de 9 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar para el ejercicio 2006, ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva, para financiar los gastos de mantenimiento de los Centros Infantiles (0-3 años) cuya titularidad corresponde a las Entidades Locales.

Las ayudas contempladas en la presente Orden se destinarán a financiar los gastos de mantenimiento de los Centros Infantiles, de los que son titulares las Entidades Locales, proporcionando servicios de asistencia, atención y educación a los niños y niñas de 0 a 3 años, que contribuya a compatibilizar la vida profesional con las responsabilidades familiares.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán concurrir a las subvenciones reguladas en la presente Orden, las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, que sean titulares de los Centros Infantiles, que presten atención educativa-asistencial a niños/as de 0 a 3 años.

2. Los municipios beneficiarios del «programa crecemos» no podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los Centros Infantiles de titularidad de las Entidades Locales que hayan iniciado por primera vez su actividad a partir del mes de septiembre de 2005, podrán solicitar esta ayuda para financiar los gastos de mantenimiento producidos desde la fecha de inicio de su actividad y durante el ejercicio 2006.

Requisitos:

Las solicitudes se presentarán dentro de los 60 días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Documentos asociados

Boletín: 14/12/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 239
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 5
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento