Subvenciones a Entidades Locales, para gastos de mantenimiento de centros de atención a la primera infancia dirigidos a la conciliación de la vida familiar y laboral. Y Bases Reguladoras
Código de ayuda:
S01782/06Norma:
ORDEN FAM/1817/2005, de 29 de diciembre, Orden FAM/1640/2005, de 9 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/03/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto convocar para el ejercicio 2006, ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva, para financiar los gastos de mantenimiento de los Centros Infantiles (0-3 años) cuya titularidad corresponde a las Entidades Locales.Las ayudas contempladas en la presente Orden se destinarán a financiar los gastos de mantenimiento de los Centros Infantiles, de los que son titulares las Entidades Locales, proporcionando servicios de asistencia, atención y educación a los niños y niñas de 0 a 3 años, que contribuya a compatibilizar la vida profesional con las responsabilidades familiares.
Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/8.png)
Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
1. Podrán concurrir a las subvenciones reguladas en la presente Orden, las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, que sean titulares de los Centros Infantiles, que presten atención educativa-asistencial a niños/as de 0 a 3 años.2. Los municipios beneficiarios del «programa crecemos» no podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente Orden.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los Centros Infantiles de titularidad de las Entidades Locales que hayan iniciado por primera vez su actividad a partir del mes de septiembre de 2005, podrán solicitar esta ayuda para financiar los gastos de mantenimiento producidos desde la fecha de inicio de su actividad y durante el ejercicio 2006.Requisitos:
Las solicitudes se presentarán dentro de los 60 días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».Documentos asociados
Boletín:
14/12/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 239
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 239
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Boletín:
09/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 5
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 5
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento