Subvenciones a Entidades Locales y federaciones o asociaciones de municipios del ámbito de la Comunidad de Madrid, destinadas a la financiación de planes de formación en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
Código de ayuda:
S31900/21Norma:
ORDEN de 27 de mayo de 2021. Orden de 24 de marzo de 2022. Orden de 27 de marzo de 2023. Orden de 4 de marzo de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de abril de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas habrán de dirigirse al desarrollo de Planes de Formación de Empleados Públicos promovidos y aprobados por las entidades recogidas en el punto anterior, de acuerdo con lo establecido en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Formación
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de las ayudas convocadas asciende a 1.473.130,00 euros. Del total de los fondos asignados a la subvención, el 25 % se destinará a la financiación de planes interadministrativos y el 75 % a la financiación de planes unitarios o agrupados.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Los Ayuntamientos, y otras entidades locales reconocidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que pertenezcan al ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.b) La Federación de Municipios de Madrid u otras Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales del ámbito de la Comunidad de Madrid legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Planes unitarios: Los planes unitarios se caracterizan por afectar al personal de una sola administración Pública con, al menos, 200 empleados públicos, independientemente de las unidades u órganos que incluyan. Estos planes podrán tener destinatarios diferentes del promotor dentro de la misma Administración.b) Planes agrupados: Los planes agrupados se caracterizan por afectar al personal de dos o más entidades locales que agrupen conjuntamente, al menos, a 200 empleados públicos. Podrán ser promotores de planes agrupados las propias entidades locales y las asociaciones o federaciones definidas en el artículo 3. Solo se podrá participar en un plan agrupado. En el supuesto de planes agrupados promovidos, en su caso, por Federaciones o Asociaciones de Municipios, se entenderá que comprenden a todas las Entidades Locales pertenecientes a aquellas, siempre que las mismas no figuren como promotores de otro plan agrupado diferente.
c) Planes interadministrativos: Los planes interadministrativos se caracterizan por estar destinados no solo al personal de la Administración promotora, sino también a los empleados públicos de otras Administraciones. Podrán promover planes interadministrativos la Federación de Municipios de Madrid u otras Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales del ámbito de la Comunidad de Madrid.
Documentos asociados
Boletín:
14/06/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 140
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
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06/04/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 82
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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06/04/2022
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Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
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12/04/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 86
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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12/04/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 86
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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14/03/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 63
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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14/03/2024
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