Subvenciones a Mancomunidades de Navarra, para la promoción de sus Programas de actividad físico-deportiva 2019-2020.
Código de ayuda:
S41655/19Norma:
ORDEN FORAL 34E/2019, de 10 de junio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de septiembre de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a Mancomunidades de Navarra para la promoción de los Programas de actividad físico-deportiva desarrollados desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejera de Cultura y Deporte (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria aquellas Mancomunidades de Navarra que desarrollen actividades físico-deportivas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de subvención los Programas de actividad físico-deportiva, dirigida a la población en general y organizadas por las Mancomunidades, con personal en plantilla que realice las siguientes funciones:–Dirección técnica, programación, planificación, coordinación, control, evaluación, supervisión y funciones análogas respecto a servicios y actividades propias de la Mancomunidad, aplicando los conocimientos y
técnicas propias de las ciencias del deporte.
–Coordinación, supervisión y evaluación de las funciones técnicas realizadas por quienes ejerzan las profesiones de monitor o monitora deportiva y de entrenador o entrenadora deportiva.
Requisitos:
–Estar constituidas al amparo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.–Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
–No estar incursas en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, se establecen en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.
–Contar con una persona que cumpla con las funciones de la base 1.2 para acceder a la subvención que se recogen en estas bases.
–En ningún caso el personal relacionado y que realice diferentes funciones durante el desarrollo de los Programas subvencionados, contraerá relaciones laborales contractuales con el Gobierno de Navarra.
–Según la Ley Orgánica 1/1996, de 15 enero, de Protección Jurídica del Menor, en su artículo 13 apartado 5, modificado por la Ley 26/2015, de 28 de julio, será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Documentos asociados
Boletín:
02/07/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 127
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 127
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento