Subvenciones a ONGD para la realizacion de proyectos de cooperacion con paises en vias de desarrollo (Año 2010).
Código de ayuda:
S37537/10Norma:
TUDELA.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/07/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente convocatoria el apoyo económico a Organizaciones No Gubernamentales dedicadas al desarrollo (ONGD) con acciones dirigidas a satisfacer de forma directa las necesidades fundamentales de las poblaciones desfavorecidas en los países y pueblos empobrecidos y que vayan acompañadas de tareas de sensibilización ciudadana y actividades que promuevan la participación de la comunidad de Tudela.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Ayuntamiento de Tudela (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cantidad máxima subvencionada no podrá superar la cantidad máxima de Quince mil Euros (15.000 €) por proyecto.Excepcionalmente, se podrán subvencionar proyectos, con una cantidad superior a los 15.000 euros, en la atención de las situaciones de emergencia, mediante ayuda humanitaria orientada a la asistencia y rehabilitación de poblaciones en situación de emergencia o de grave e inminente riesgo a consecuencia de catástrofes naturales (huracanes, terremotos, inundaciones, maremotos, etc.). Para ello, la Comisión Informativa correspondiente, oída la Comisión Evaluadora de los Proyectos, propondrá a la Junta de
Gobierno Local la aprobación del nuevo límite de las subvenciones para aquellos proyectos que así se determinen.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Organizaciones No Gubernamentales dedicadas al desarrollo (ONGD).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Proyectos de cooperación al desarrollo llevados a cabo por ONGD dirigidas a satisfacer de forma directa las necesidades fundamentales de las poblaciones desfavorecidas en los países en vías de desarrollo.- Se considerará gasto efectivamente realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación que se establece en esta convocatoria.
- Las subvenciones municipales en materia de cooperación al desarrollo concedidas al amparo de la presente convocatoria, podrá cubrir los gastos directos e indirectos de los proyectos o actuaciones financiados.Se entenderá por gasto indirecto (administrativos y de gestión), aquel propio del funcionamiento regular de la ONGD o entidad solicitante y que sirve de sostén para la posible ejecución de la intervención subvencionada en la parte que razonablemente corresponda, no debiendo superar el 10 % del presupuesto.
- Las subvenciones concedidas podrán cubrir los gastos de adquisición y transporte de materiales, suministros, equipos y otros activos productivos, así como los de personal y los de funcionamiento, vinculados directamente al proyecto.
- El destino de la subvención a adquisición de terrenos o bienes inmuebles tendrá carácter excepcional y, en todo caso, queda condicionada a la presentación de toda la documentación necesaria que informe sobre su situación legal y demuestre que efectivamente pueden ser comprados. Además, la titularidad de estos bienes deberá recaer en alguna instancia comunitaria representativa de la población donde se ejecuta el proyecto. Esta última condición también es valida para los proyectos que consisten en la construcción de nuevos edificios.
- Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y regístrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
- Los proyectos presentados a la convocatoria, deberán contar al menos, con un fondo de financiación del 35 % de otras entidades públicas o privadas; y en el caso de no poder conseguir dicha financiación, deberá existir un compromiso por parte de la entidad, sobre la financiación total del proyecto presentado.
- El importe de las subvenciones concedidas, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones o ayudas procedentes de otras organizaciones o instituciones, públicas o privadas, supere el coste total del proyecto a realizar.
Requisitos:
1.Ser personas jurídicas, legalmente constituidas e inscritas, a fecha del plazo de finalización de presentación de solicitudes, en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra, Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo o en el Reglamento de Asociaciones Religiosas del Ministerio de Justicia.2.Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral, el Ayuntamiento de Tudela y la Seguridad Social.
3.Reflejar en sus estatutos que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y proyectos orientados a la cooperación, solidaridad y desarrollo humano de los países en vías de desarrollo.
4.Que cuente con una entidad colaboradora (contraparte) en la zona donde se vaya a realizar la intervención.
5.Obligatoriedad de hacer campañas de sensibilización en Tudela, para dar a conocer el proyecto desarrollado y la situación de las comunidades a las que ha ido dirigido, o bien cualquier otro tipo de campaña de sensibilización que tenga por objeto dar a conocer situaciones con los países en vías de desarrollo.
6.No tener dependencia económica ni institucional de ninguna entidad lucrativa.
7.Que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.
8.En el caso de haber recibido subvención en anteriores convocatorias, deberá estar al día en cuanto a la presentación de los correspondientes informes de justificación, de acuerdo con lo estipulado en la presente convocatoria.
9.Acreditar la existencia de sede social o delegación permanente en la Comunidad Foral de Navarra.
Documentos asociados
Boletín:
26/05/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 00
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 00
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
07/06/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 69
Documento: Anuncio de Bases. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 69
Documento: Anuncio de Bases. Descargar Documento